Argumento del desacato es ilícito e improcedente #EspecialIMP

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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró nulas las acciones de la Asamblea Nacional por desobedecer al Poder Judicial, por ende, la frase que más se lee y escucha con regularidad es que el parlamento está en desacato. Mientras el oficialismo sostiene este argumento, desde la oposición se entiende lo contrario, es decir, que el parlamento está apegado a la norma.

¿Está o no en desacato la AN?

El abogado José Vicente Haro explica que este entramado político y jurídico tiene su origen en la decisión que determinó la Sala Electoral el pasado 30 de diciembre de 2015.

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Tal resolución suspendió los efectos de las proclamaciones de los diputados electos por el estado Amazonas, violando los artículos 200 y 187 numeral 20 de la Constitución de la República, referente a la inmunidad parlamentaria.

La Constitución expresa claramente que una vez que un diputado recibe su proclamación, por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE), goza de inmunidad parlamentaria, por lo tanto, la decisión que se tomó posteriormente fue abiertamente inconstitucional.

Por otra parte, agrega que la jurisprudencia de la Sala Constitucional y de la Sala Electoral contempla que a través de medidas cautelares no se podían suspender los efectos de las proclamaciones ya que se estaba cuestionando una elección, es decir, había que esperar los resultados definitivos del proceso para verificar si hubo o no un ilícito electoral, que ameritara por su incidencia en los resultados, modificar la situación jurídica a fin de convocar nuevas elecciones.

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Por consiguiente, se tenía que esperar y determinar si hubo o no un fraude electoral para concluir si efectivamente los ciudadanos proclamados estaban o no debidamente ejerciendo un cargo público.

Mientras tanto, la jurisprudencia consideró que los funcionarios debían ejercer su papel. Lo lógico era mantener a los diputados de Amazonas y que así lo respetara el TSJ, lo cual cambió con la sentencia del 30D.

-Este argumento del desacato se concreta el 6 de enero del año pasado cuando la junta directiva de la AN proclama a los tres diputados por Amazonas. El 11 de enero la Sala Electoral emitió una sentencia y dijo que la AN estaba en desacato porque supuestamente no asumió la orden del 30D que establecía desincorporar a los diputados por Amazonas.

¿Qué hizo la AN?

Ante ese panorama la AN tomó una decisión política, que se concretó el 13 de enero de 2016, expone el profesor de la UCV con posgrados en Derecho Constitucional.

La junta directiva desincorporó a los tres diputados por Amazonas a fin de que Nicolás Maduro rindiera su memoria y cuenta en aras de buscar un entendimiento entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.

¿Qué pasó después?

Según Haro se cumplieron ciertas formalidades. Se recibió la carta de los diputados en la que exponían que deseaban desincorporarse, se aprobó en plenaria la desincorporación, se dejó sin efecto la juramentación y se dejó sin efecto la incorporación.

Pero posteriormente se desencadenó una lucha de poderes que llevó a la AN a incorporar a los diputados lo que más tarde se tradujo en dos sentencias de la Sala Electoral y varias sentencias por parte de la Sala Constitucional, haciendo referencia al desacato.

En noviembre de 2016, cuando se instala la mesa de diálogo, la oposición cometió el error de reconocer el desacato en un documento suscrito por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD). Deciden desincorporar nuevamente a los diputados  con la diferencia de que no se llevó a cabo  la formalidad de la vez anterior, no se aprobó en plenaria la desincorporación, no se dejó sin efecto la juramentación y no se dejó sin efecto la incorporación.

-La AN no debió reconocer el desacato porque no se ha demostrado el supuesto fraude electoral y mucho menos se puede hablar de desacato cuando los diputados tienen inmunidad parlamentaria. Lamentablemente, la Sala Constitucional se valió de un argumento irrelevante e innecesario para insistir en el desacato. Desde el 15 de noviembre de 2016 ha sido reiterada la conducta de la Sala Constitucional en mantener la tesis del desacato.

¿Por qué insiste en el desacato?

Para el docente universitario y presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Constitucional (AVDC) si bien el 9 de enero de este año se acordó desincorporar formalmente a los diputados, el TSJ emanó en su sentencia del 11 de enero de 2017 que como la junta directiva que condujo la sesión del 5 de enero está en desacato y juramentó a una nueva junta directiva estando en desacato, ese acto que buscaba ‘subsanar’ el problema el pasado 9 de enero, carece de validez, es nulo.

-Desacato no lo hay, jurídicamente y constitucionalmente no lo hay. La Sala Constitucional siempre va a inventar un argumento, un formalismo al margen de la Constitución para decir que hay un desacato. De hecho, la decisión del TSJ del 11 de enero expone que hay un desacato porque la nueva junta directiva fue juramentada en desacato, pero también se dice que sin prejuicio de las demás violaciones al Reglamento Interior y de Debate de la AN porque además hay una medida del TSJ que pretende regular la convocatoria de una sesión, el orden del día, la modificación del orden del día, el tiempo de intervención de los parlamentarios, la actuación del presidente de la AN como director de debate y un largo etc.

Haro reitera que por ciertos formalismos se pretende desconocer el principio de soberanía popular establecido en el artículo 5 de la Carta Magna, así como desconocer la inmunidad parlamentaria. El TSJ se apoya en esta tesis para bloquear las acciones legislativas y de control que posee la AN.

-Es un argumento que seguiremos viendo permanentemente así sea insostenible desde el punto de vista jurídico y constitucional.

Señala el defensor de DDHH que en desacato está la Sala Electoral, que en cuatro meses debió decidir sobre un recurso de impugnación de las elecciones a diputados por el estado Amazonas (si se cumplieran los plazos establecidos en la ley), pero en más de un año no lo ha hecho.

-Es evidente que la Sala Electoral tiene engavetado el asunto con el propósito de facilitar ese improcedente e ilegítimo argumento del desacato.

¿Cuál es el reto de la AN?

Puntualiza el constitucionalista que la AN tiene que seguir trabajando consciente de que el TSJ seguirá tratando de contener cualquier tipo de decisión política y legislativa.

A su juicio, la AN debe articularse con la ciudadanía y sus electores porque los diputados son los representantes del pueblo electos mediante el voto.

-Quienes deberían ayudar a defender el valor del voto, de la elección del 6D, así como la institucionalidad de la AN son los diputados y los ciudadanos. Por lo cual el reto es procurar las movilizaciones. Si eso no se cristaliza tendremos una AN que seguirá sancionando leyes, dictando acuerdos y actos parlamentarios desconocidos y anulados por el TSJ, por lo tanto, el factor clave es lo que pueda hacer la ciudadanía, en ese sentido los diputados tienen que conectarse con cada uno de sus circuitos para buscar el apoyo correspondiente y el pueblo sea el motor que los impulse a romper el bloqueo impuesto por el TSJ. Sin movilización ciudadana el TSJ siente que puede hacer lo que quiera.

Exabrupto jurídico

El Dr. Edgar Urbáez, quien fuera postulado para magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, aclara que esa figura del desacato no está contemplada en la Constitución.

Decir que la Asamblea Nacional está en desacato no tiene ningún fundamento constitucional, reitera el abogado y docente universitario.

-Quienes violan la Constitución son el Presidente de la República y el Tribunal Supremo de Justicia porque se atribuyen facultades que constitucionalmente están reservadas a la AN.

Indica que el Presidente de la República viola recurrentemente la Carta Magna. Recientemente presentó la Memoria y Cuenta desde el TSJ y no desde el parlamento como lo establece la norma. Además de que la memoria y cuenta se tradujo en anuncios y no en una verdadera rendición de cuentas.

-El Presidente de la República se ampara en sentencias del TSJ, órgano que asume atribuciones que son competencia de la asamblea.

Señala Urbáez que la AN tiene que seguir trabajando por esos 14 millones de venezolanos que decidieron que el parlamento estuviera en manos de la oposición.

-No hay posibilidad alguna de que el Gobierno haga caso, pero la AN tiene el reto de seguir legislando, aunque el TSJ anule todas sus acciones e insista en el desacato, lo cual es un exabrupto jurídico y sin ningún tipo de asidero en la jurisprudencia venezolana.

Juego trancado

Según el doctor Joel Rodríguez Ramos, abogado constitucionalista, la Asamblea Nacional fue legítimamente elegida por una amplia mayoría y atesora todas las facultades establecidas en la Constitución de la República.

-Lo que ha habido son recurrentes sentencias del TSJ que dicen que la AN ha dictado sanciones inconstitucionales. Incluso, no ha sido aprobada una ley cuando el TSJ ya la está vetando.

Añade el abogado que esta acción revela una intención exclusivamente política a fin de impedirle a la Asamblea Nacional ejercer funciones que constitucionalmente le corresponden. El primer poder público es el parlamento por ser el órgano de control del Ejecutivo nacional y de toda la administración pública. Además, el Poder Judicial deriva del Poder Legislativo y no al revés.

-En desacato pudiera incurrir el Presidente de la República cuando no obedece a la AN o cuando el Poder Judicial no obedece a la AN. Todo esto tiene su origen en un problema político porque cuando se eligió la AN, el Gobierno valiéndose de un procedimiento exprés, nombró un nuevo TSJ, no por el vencimiento del período de los magistrados, sino porque los hicieron renunciar a su condición y así concretar un tribunal que no le fuera adverso al Ejecutivo nacional.

Por lo tanto el abogado rechaza desde el punto de vista jurídico el argumento del desacato de la AN.

-En desacato está el Poder Judicial al desobedecer la voluntad popular que eligió a la AN, que le dio una mayoría calificada. Incluso, el Gobierno rebuscó y atentó contra el estado más vulnerable para quitarle la mayoría calificada a la AN. Hasta ahora, tampoco la Sala Electoral se ha pronunciado sobre el presunto fraude electoral ni convoca a elecciones en esa región. Todo esto se traduce en una dictadura. Para Rodríguez Ramos el juego está trancado porque no se respeta el Estado de Derecho ni la independencia de los poderes públicos.

 

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