Alfredo Ramos solicita acción penal contra concejales oficialistas

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Aunque los concejales oficialistas de la Cámara Municipal de Iribarren “aclararon que solamente aprobaron Solicitud de Acuerdo para la destitución del alcalde Alfredo Ramos”, la evidencia que maneja la municipalidad revela que los ocho ediles bolivarianos promovieron una acción delictual a través de la deposición ilegítima de la autoridad pública, prevista y sancionada en el artículo 143 del Código Penal que establece que “serán castigados con presidio de 12 a 24 años los que se alcen públicamente, en actitud hostil, contra el Gobierno legítimamente constituido o elegido, para deponerlo o impedirle tomar posesión del mando”.

En ese sentido, ayer en la mañana, el alcalde Alfredo Ramos introdujo una denuncia ante el Ministerio Público contra los concejales Jesús Superlano, Alejandro Natera, Teresa Linárez, Francisco Carmona, José Ramos, Digna Suárez, Martha Leal y Esther Camacho, quienes en sesión extraordinaria efectuada el 11 de mayo de 2017 en la presidencia del Concejo Municipal, consumaron el delito de la deposición ilegítima de la primera autoridad de Iribarren.

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A través del a red social Twitter el concejal Natera publicó “aprobado acuerdo de destitución de Alfredo Ramos”, mientras que el concejal Superlano habría hecho circular una nota de voz a través de Whatsaap en la cual se atribuye la propuesta de destituir de manera inmediata al alcalde Alfredo Ramos.

“Todos los concejales bolivarianos, los compañeros del PSUV, los compañeros del PCV y nosotros desde el PPT, aprobamos y ganamos ocho votos a cuatro la destitución de Alfredo Ramos”, expone la referida nota de voz.

Es así que el alcalde solicitó al Ministerio Público iniciar la correspondiente investigación penal, determinar la responsabilidad de los autores y demás partícipes y formular la orden de aprehensión respectiva a cada uno de los ediles denunciados.

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Como explicó el abogado Emilio Urbina, la destitución es un acto unilateral, que solo es aplicable para cargos de libre nombramiento y remoción. Los cargos de elección popular no son susceptibles de destitución por tanto que esa figura no está prevista en ningún dispositivo ni legal ni constitucional en Venezuela para los cargos de elección popular. Por vía judicial tampoco existe la destitución.

Ramos apuntó que “es una destitución completamente ilegal e irrita. En ninguna de las leyes de la República Bolivariana de Venezuela aparece la destitución”.

Añadió que según jurisprudencia del TSJ ninguna cámara municipal puede destituir a un alcalde.

Calificó la acción como una línea directa de Diosdado Cabello, que a su juicio, pretende amedrentarlo por su actitud de protesta contra la dictadura de Maduro. “Ahora, en una especie de recule, están diciendo que no aprobaron mi destitución. Aunque traten de modificar el acta y el acuerdo tenemos las evidencias”.

“Yo fui electo por el pueblo barquisimetano y es el único que tiene la potestad de decidir mi permanencia al frente de la Alcaldía de Iribarren por la vía del voto”.

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