Dueños de vehículos serán perjudicados con nuevas medidas

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Un proyecto de ley que ocupa la atención nacional es el que regula la compra y venta de vehículos nuevos y usados, presentado el pasado 16 de enero ante la Asamblea Nacional (AN) y aprobado en primera discusión.

El documento legal expresa en 33 artículos las nuevas medidas que definirán la actividad económica del sector automotor, y tiene por objeto regular la compra y venta de carros nuevos importados o ensamblados en territorio nacional, así como los vehículos con dos años de uso en el mercado.

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Según el proyecto de ley, la iniciativa de esta nueva medida de control responde a las múltiples acusaciones realizadas por los ciudadanos, quienes han denunciado la grave distorsión del mercado de automóviles. Los precios de los vehículos han sido fuertemente impactados por la inflación y la especulación.

Cuando un carro o camioneta sale de un concesionario, casi de inmediato, su costo se duplica.
En este sentido, una de las medidas que incluye la ley en discusión es la prohibición a las compañías aseguradoras, de cotizar vehículos automotores nuevos o con hasta dos años de uso, por un valor superior al precio de venta establecido en factura por el concesionario.

Fuentes del ramo asegurador señalaron que los dueños de vehículos serán los más perjudicados con la medida, pues, de aprobarse, la inflación depreciará de manera irremediable sus bienes. “No es bueno para el asegurado que sus vehículos reciban una cobertura con el mismo precio de venta, pues Venezuela presenta una economía inflacionaria. Quien compró un carro hace dos años, no puede recibir una póliza por el mismo monto pues la inflación sigue creciendo”.

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Según los corredores de seguro, mientras no exista un pronunciamiento claro de la Superintendencia Nacional de Empresas Aseguradoras, no habrá ninguna modificación a su actividad. “Los vehículos cero kilómetros se están asegurando al precio de factura. No así en el caso de los usados, pues el cliente resultaría muy afectado. Nuestras empresas trabajan con un sistema nacional que define el monto de la póliza”.

Expectativa
Tanto dueños de concesionarios como vendedores de carros usados coinciden en que la regulación no será efectiva hasta que se garantice el otorgamiento adecuado de divisas a las empresas importadoras, y se normalicen los procesos en las aduanas.

En ese sentido, los miembros de la Comisión Permanente de Política Interior han señalado que “no se justifica que el Estado venezolano otorgue a las ensambladoras dólares a razón de 4.30 bolívares y se vendan en el mercado nacional los vehículos automotores calculado a 20 bolívares por dólar”.

Estas acciones son consideradas como estafa y usura. Tras diversas investigaciones, el equipo de la AN aseguró haber detectado el modus operandi de los estafadores, quienes, “generalmente, esconden los vehículos, colocan un local para hacer creer que no tienen vehículos y luego, los venden más caros del precio sugerido al público, creando un desequilibrio entre la oferta y la demanda”.

Una realidad inocultable es que los vehículos usados son vendidos a precios exorbitantes en todo el territorio nacional.
El monto solicitado triplica el costo del carro en los concesionarios.

Las autoridades nacionales señalaron que el mercado venezolano “ha crecido de manera exponencial, lo cual ha hecho que el sector formal de ensamblaje, importación y distribución haya sido rebasado por las necesidades del mercado”.

En el año 2008 la demanda interna de vehículos fue calculada en unos 500 mil vehículos aproximadamente y la oferta se calculó en 350 mil unidades. Esta realidad fue el escenario perfecto para que se distorsionara en el mercado con prácticas que impactan negativamente a quienes desean un vehículo propio.

Duro golpe
El artículo 31 de la ley contempla que los concesionarios que hayan realizado operaciones de compra y venta de vehículos automotores por encima del precio de venta sugerido, “están en la obligación de devolver a los compradores las cantidades cobradas en exceso en un lapso de seis meses.

La contravención a esta disposición será sancionada con el doble de la cantidad infringida, sin menoscabo de las acciones civiles y penales que puedan ejercer los compradores contra las comercializadoras, sus representantes legales o responsables”.

En este sentido, fuentes ligadas al sector consideran absurda la aplicación de este artículo en particular, pues la Constitución es clara al señalar que ninguna ley es retroactiva.

Foto: Archivo

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