El justo valor de la UT sigue siendo una incógnita

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El desfase que existe entre la Unidad Tributaria (UT), actualmente en Bs. 150, y la realidad económica del país, afecta gravemente los bolsillos de los venezolanos. Su bajo valor hace que cada vez los venezolanos perciban menos, con base en el poder de compra, por beneficios laborares como el bono de alimentación, pero también permite que el monto devengado durante el año, aunque sea un poco más del salario mínimo (Bs. 9.649) alcance el monto necesario para la declaración y/o pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

Sobre este respecto fue consultada la contadora pública Rosa Isabel Pérez, docente de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA), quien apuntó que la ley refiere que al obtener dentro del periodo fiscal 1.500 UT de ingreso, el ciudadano está obligado a presentar su declaración definitiva de renta.

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-La Unidad Tributaria es una base de cálculo para el aspecto tributario, tanto municipal como nacional, y aspecto sancionatorio. En el caso de los trabajadores, sirve como referente para el cálculo de sus cestatickets… Por eso que, mientras menos valor tenga la unidad tributaria, más valor percibiría el Estado, pero esto iría en detrimento del impuesto municipal, porque a ellos se les establece un mínimo tributable, al igual que en el pago del ticket de alimentación.

Apuntó que mientras la UT sea baja y al municipio se le imponga el mínimo tributable, este se mantendrá en el monto de la unidad tributaria menor. Sin embargo, si la UT es más alta, el mínimo también será más alto.

Recordó que la administración tributaria, junto con el Banco Central de Venezuela (BCV) deben presentar a la Asamblea Nacional (AN) una propuesta de ajuste que se adapte a la realidad del país. Si bien estos ajuste se han aplicado en años anteriores dentro de los lapsos establecidos, “aparentemente este año no se está cumpliendo lo que la ley especifica al respecto”.

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En tal sentido, apuntó que el valor de la misma debe converger o tener en cuenta elementos como la inflación del periodo, reservas internacionales, disposiciones de la ley y otros. Sin embargo, se desconoce el monto de la inflación oficial del año 2015, por lo cual, ya habría un impedimento para su cálculo.

Se espera que el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), presente una nueva propuesta a la AN para su ajuste, ya que la primera, que comprendía un ajuste del 18%, con lo que pasaría de Bs. 150 a Bs. 177 fue rechazada Por la Comisión de Finanzas del parlamento.

Una de las razones de la negativa es que la propuesta violaría el Código Orgánico Tributario, que en su artículo 131 establece que el Seniat debe calcular el aumento “sobre la base de la variación producida en el Índice Nacional de Precios al Consumidor”.

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