Conindustria: Debe respetarse el derecho al voto de los venezolanos en el extranjero

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La Confederación de Industriales de Venezuela (Conindustria) solicitó al Poder Electoral garantías y transparencia para las venideras elecciones presidenciales convocadas por la Asamblea Nacional Constituyente.

«Un Consejo Nacional Electoral imparcial constituido según lo establece el artículo 296 de la Constitución vigente», indicó la confederación mediante una carta.

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En la misma, pide que el Registro Electoral sea auditado por representantes de los partidos políticos en el cual los centros de votación sean de la elección de los votantes y que reconozca y respete el derecho al sufragio de todos aquellos venezolanos que estén transitoria o definitivamente en el exterior de Venezuela.

El organismo además pidió que haya observación internacional por parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), de la Comunidad Europea y de representantes del «Grupo de Lima», para que evalúen y validen el proceso electoral.

 

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Solicitud de Conindustria

  1. Un Consejo Nacional Electoral imparcial constituido según lo establece el artículo 296 de la Constitución vigente.

 

  1. Un Registro Electoral (REP) depurado, auditado por representantes de los partidos políticos, en el cual los centros de votación sean de la elección de los votantes y que reconozca y respete el derecho al sufragio de todos aquellos venezolanos que estén transitoria o definitivamente en el exterior de Venezuela.

 

  1. Observación internacional por parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), de la Comunidad Europea y de representantes del “Grupo de Lima”, que evalúen y validen el proceso electoral, incluyendo el que ningún ciudadano, o sus familiares, sean coaccionados ni por amenazas de despidos ni por impedirle acceso a bienes públicos, como lo son las bolsas de alimentos o la vivienda.

 

  1. Observación internacional que califique la equidad en el uso de los medios de comunicación del Estado para todos los candidatos que se hayan postulado.

 

  1. Integrantes y testigos de mesas elegidos por sorteo público y transparente, que cuenten con acceso y resguardo garantizado, y supervisado por organismos internacionales aceptados por los todas las partes involucradas, en cada uno de los centros de votación.

 

  1. Eliminación de las limitaciones que inhabilitan a ciudadanos y partidos políticos.

 

  1. Acompañamiento y auditoria internacional plural a la contabilización de los resultados de la votación.

 

  1. Un tiempo acordado entre las partes, que no podrá ser inferior a los 4 meses, para la convocatoria indispensable que permita la preparación de las partes y la divulgación de información a la ciudadanía para acudir al proceso electoral.

 

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