«Es inejecutable sentencia del TSJ que anuló elecciones en Amazonas»

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El Bloque Constitucional, grupo conformado por exmagistrados, profesores de Derecho y miembros de la Academia, sostuvo que el martes 5 de enero se debían juramentar los 112 legisladores favorecidos por la voluntad popular que se expresó el 6 de diciembre.

«Las decisiones que pretenden desconocer a los diputados electos en Amazonas y además dieron curso a recursos de nulidad contra el acto de votación en otros estados del país, son absolutamente írritas, y para el Bloque constituyen inclusive causales de remoción de esos magistrados», manifestó Cecilia Sosa Gómez en nombre del Bloque Constitucional.

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Tal afirmación se refiere a siete fallos fechados el 30 de diciembre y publicados el lunes 4 de enero en el portal del TSJ, que dan respuesta a igual número de recursos interpuestos por militantes del partido de Gobierno que pretenden impugnar las elecciones parlamentarias en los estados Amazonas, Yaracuy y Aragua, y la representación indígena del Distrito Sur. Todos fueron admitidos a trámite, pero en uno de los casos se admitió una solicitud accesoria de suspensión cautelar de efectos, que vincula a todos los circuitos de la entidad indígena del sur del país.

Vicios

Entre los vicios que determinan el carácter inconstitucional de tales actos judiciales, Sosa Gómez identificó serias irregularidades de forma que niegan criterios establecidos por el propio TSJ en otras circunstancias.

«Es curioso que esas sentencias supuestamente dictadas el 30 de diciembre se debieron a una apertura extraordinaria de despacho, lo cual contradice la jurisprudencia de la Sala Constitucional que sostiene que en los días de receso judicial navideño no puede darse curso a ningún tipo de recurso. En consecuencia la Sala Electoral ha incurrido en una violación del debido proceso», señaló.

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De hecho, el señalado fue el mismo argumento jurídico al que echó mano la Sala Constitucional para desechar los 10 recursos contenciosos electorales que interpuso Henrique Capriles y la MUD por supuestas irregularidades en las elecciones presidenciales de abril de 2013 donde resultó electo Nicolás Maduro.

Pero hay más incongruencias. Declarar procedente el amparo cautelar que decretó la suspensión de efectos de los actos de «totalización, adjudicación y proclamación» de los cuatro diputados de la MUD era inviable, dado que «el accionante ni siquiera presentó los elementos probatorios necesarios para un pronunciamiento», recalcó Sosa. Tampoco podría considerarse tal acción como un amparo (figura que tiene una jurisdicción especial sin límite de fechas), porque «la solicitud esta hecha conjuntamente con un recurso de nulidad», agregó la jurista.

El fondo

Por otro lado, al considerar elementos de fondo, la ex presidenta de la Corte Suprema de Justicia en nombre del Bloque Constitucional declaró que mal puede el TSJ anular o suspender un acto que ya fue ejecutado, como lo es la proclamación de los diputados electos por parte del Consejo Nacional Electoral.

«El derecho de los electores que respeta en su proclamación el CNE no puede ser alterado por una Sala, por muy Electoral que sea, puesto que el pronunciamiento del soberano en el proceso electoral ya se cumplió», señaló.

Íntimamente vinculado con las polémicas sentencias de la Sala Electoral, el Bloque Constitucional cuestionó la reciente designación de 13 magistrados del máximo tribunal y 23 suplentes, en un proceso que violó todos los procedimientos.

Los señalamientos sobre la incidencia política de esos nombramientos, están justificados. De la Sala Electoral fueron renovados dos de sus cinco miembros titulares, incluyendo al ex diputado del PSUV Cristian Zerpa, así como cuatro suplentes. Igualmente, la magistrada Indira Alfonzo Izaguirre, ponente del cuestionado fallo judicial, pertenece al lote de magistrados electos por mayoría roja en diciembre de 2014.

A la luz de los hechos y considerando el comportamiento en perspectiva de todas las instancias del TSJ, Cecilia Sosa Gómez resaltó lo que a su parecer es obvio y se pone de manifiesto hoy: «El sistema de justicia esta politizado y es necesaria su restructuración».

El Bloque

Este lunes se constituyó y celebró su primera reunión el cuadro de juristas que constituyen la crema y nata del Derecho en Venezuela, con el fin de ofrecer una voz de denuncia y análisis de las situaciones que puedan atentar contra el orden constitucional en el país.

Lo integran los ex magistrados Cecilia Sosa Gómez, Román Duque Corredor, Jorge Rosell, Blanca Rosa Mármol, Pedro Rondón Haz, Antonio Ramírez Jiménez y Pedro Elías Mayaudón; los miembros activos de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales Alberto Arteaga Sánchez, Ramón Escobar León, Carlos Ayala Corao y Rafael Badell, y otros jueces superiores como Juan Carlos Apitz, Perkins Rocha y Ana María Ruggeri (favorecidos por una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos).

Además, forman parte del Bloque Constitucional una treintena de profesores de distintas universidades, incluyendo al decano de la Escuela de Derecho de la UCAB, Jesús María Casal, y los presidentes de los Colegios de Abogados de 20 estados del país, entre ellos, el doctor Enrique Romero por el estado Lara.

 

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