Incrementa la desconfianza en la actuación policial

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“Me quedé accidentada en la avenida Libertador a las 10:00 de la noche y llamé a la policía y la respuesta que me dieron es que en ese momento no me podían auxiliar. Esperé como 30 minutos con la esperanza de que pasara alguna patrulla y no fue así”.

Es el testimonio de Francis Jiménez, quien no es la primera que afirma haber acudido a los cuerpos policiales ante una emergencia y no ser atendida. Así como ella existen muchas personas que no se sienten satisfechas con el desempeño de los cuerpos policiales del país.

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La principal función de la policía en cualquier país es la de mantener el orden público y garantizar la seguridad en la sociedad, actuando frente a cualquier hecho que atente contra esta normativa.

En Venezuela con la existencia de tres cuerpos de seguridad, la Policía Nacional Bolivariana (PNB), Policía Regional y la Policía Municipal, se siguen observando el incremento de delitos, infracciones y ha aumentado la desconfianza por parte de la ciudadanía hacia los cuerpos de seguridad.

Sin embargo, el artículo 50 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, señala que los cuerpos de policía trabajarán de forma coordinada y sus niveles de actuación se adecuarán a la capacidad y los medios necesarios para enfrentar y solucionar las situaciones que se presenten.

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Esta actuación se regirá por criterios de territorialidad, complejidad, intensidad y especificidad. En caso de no estar disponible un cuerpo de policía determinado, asumirá la ejecución de la tarea el cuerpo más cercano, preferiblemente en orden ascendente.

Antonio Olivo, ex comisario de la Policía del estado Lara, señala que las funciones de los cuerpos policiales en el país son muy claras y están bien establecidas, el problema radica en la disposición y desmotivación que pueda existir dentro del cuerpo para actuar.

Para Olivo la discrepancia que existe entre la ciudadanía y los cuerpos policiales en Venezuela es producto primero de la desconfianza que existe en las personas ante la cantidad de delitos en los que se ha visto inmersos los funcionarios del país y por otra parte la desmotivación de los policías, de cualquier dependencia, a la hora de realizar el trabajo, ya que en muchos casos ejecutan los procedimientos establecidos en la ley, pero los delincuentes quedan en libertad o las personas incurren en falta no son sancionadas.

“En años anteriores se le exigía calidad humana al policía, quien en ocasiones no sabía escribir, pero tomaban en cuenta valores desde el hogar, porque sería lo que le permitiría actuar con honradez… Aunque en ocasiones algunos eran arbitrarios, pero eso era corregible; las malas mañas no”.

Para el supervisor jefe, Héctor Medina, director encargado de la Policía Municipal de Iribarren, el problema no sólo está en las fallas de los cuerpos policiales sino también en la falta de cultura del venezolano, quien, a pesar de conocer las leyes del país, las viola constantemente.

Puso de ejemplo la situación de tránsito terrestre en Barquisimeto y recordó que hace algunos años los policías municipales, al presenciar una falta, procedían a multar o llevarse el vehículo si estaba mal estacionado y al ser chequeado en el sistema registraba alguna deuda. Pero comenzaron a recibir una serie de señalamientos por parte de organismos públicos con intenciones políticas.

Eso los llevó a iniciar una campaña de concienciar para no sancionar, en la que constataron que existe mucho desconocimiento sobre las leyes.

Meses después aún siguen colocando gran cantidad de multas. Sólo en el corredor vial de la 19, en cada tres cuadras emiten entre 50 a 60 diarias.

Para el funcionario no se trata sólo de que el funcionario esté constantemente sancionando sino que la ciudadanía también esté consciente de sus infracciones.

Fallas de personal

Medina explica que la capacidad de la policía, técnica y humana, para atender a todo el municipio también influye en la respuesta inmediata que espera la ciudadanía.

En el caso de la municipal el déficit de personal supera los 500 funcionarios y el proceso de ingreso puede tardar tres meses si es aprobado por el Ministerio, a eso se le suma que gran parte de los vehículos se encuentran paralizados por falta de repuestos. Sin embargo, afirmó que ellos tratan de responder a los requerimientos de la ciudadanía dentro de los cuadrantes de seguridad que le corresponde según Patria Segura.

Con seis funcionarios cubren el cuadrante 23 que abarca desde la Ruezga Sur, Ruezga Norte, El Jebe y Las Clavellinas. Mientras que el cuadrante 18 cubre desde la avenida Libertador con avenida Vargas hasta la calle 42.

“Ni que se despliegue un batallón policial, mientras no haya educación ciudadana la situación seguirá igual”.

 Competencias

La PNB, según lo establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, tiene competencia en todo el territorio nacional en las áreas de orden público, tránsito, fiscalización y aduanas, turismo, aeroportuaria, penitenciaria, migración, marítima, anticorrupción, sustancias estupefacientes y psicotrópicas, ambiental, delincuencia organizada, antisecuestro, seguridad alimentaria, grupos armados irregulares y aquellas que la Constitución de la República y las leyes otorguen al Poder Público Nacional, y cualquier otra vinculada a la prevención del delito.

En el caso de los cuerpos policiales regionales además de las atribuciones comunes como la de seguridad, tienen la facultad de organizar personal entrenado y equipado para el control de reuniones y manifestaciones que comprometan el orden público, la paz social y la convivencia, conforme a los lineamientos y directrices dictados por el Órgano Rector.

Mientras que la Policía municipal aunado al resguardo de los ciudadanos también debe cumplir actividades preventivas y de control del delito, con estricta sujeción a los principios y lineamientos establecidos en la Ley, con lo dispuesto en la Ley de Tránsito Terrestre y su Reglamento en la competencia Municipal delegada y que se le establezca para actuar.

Velar por el cumplimiento de las ordenanzas, reglamentos, decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes emanados del Concejo Municipal, de la Alcaldía, sus órganos y de las Juntas Parroquiales, actuando como cuerpo de gestión y en ejecución de los procedimientos pautados por las ordenanzas, del Concejo Municipal, de la Alcaldía, sus órganos y de las Juntas Parroquiales.

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