La Red de Instituciones Larenses… ¡en acción! – Nuestro Impulso

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“Una civilización que deja un número muy grande de sus participantes insatisfechos y los conduce a la revuelta no tiene, ni merece, la perspectiva de una existencia duradera”.
Sigmund Freud.

Sigmund Freud (1856/1939) fue un médico neurólogo, austriaco, padre del psicoanálisis y una de las mayores figuras intelectuales del siglo XX. La división de opiniones que la figura de Freud suscita podría resumirse del siguiente modo: por un lado, sus seguidores le consideran un gran científico en el campo de la medicina, que descubrió gran parte del funcionamiento psíquico humano; y por otro, sus críticos lo ven como un filósofo que replanteó la naturaleza humana y ayudó a derribar tabúes. (F: Wikipedia)…

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Apegado a lo expresado por el abogado Juan Garay en su análisis sobre la Constitución Nacional:
Artículos 57 y 58 CN: “La libertad de expresión es una de las más famosas conquistas civiles del hombre, consagrada en todas las constituciones del mundo civilizado y reprimida a menudo con cárcel, cierre de periódicos y quema de libros en la plaza pública. La censura previa a los escritos, prohibida en el artículo 57 (de nuestra Carta Magna) estuvo muy extendida en el siglo XX en los países totalitarios y dictaduras.

Siendo la comunicación libre y plural constitucionalmente, y siendo más fuerte la arremetida contra los monopolios en esta última Carta Magna que en la anterior y a sabiendas que la Ley de Libre Competencia castiga con multas y nulidad las prácticas limitativas de la libre competencia y que una forma de combatir los monopolios es la libre competencia. El artículo 113 constitucional no solamente ataca al monopolio comercial propiamente dicho sino a las formas que lleven al mismo resultado, a empresas que por cualquier razón adquieran una posición de dominio y atraigan la demanda de sus productos o servicios desmesuradamente.

Hay dos tipos de monopolios. Uno, el que tiene protección oficial por tratarse de servicio público, no permitiendo a ninguna otra persona que fabrique o suministre el mismo producto. Otro, cuando existiendo la libertad de empresa en ese campo, solamente hay una capaz de suministrar un determinado producto…

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Por otra parte los monopolios oficiales, al no tener competidores de otras empresas, se convierten con el tiempo en abusadores del público y llega el momento en que hay que abrir las puertas para que entre el aire fresco de la libre competencia.”

El camino de la paz es la seguridad jurídica, ejecutada a través de la justicia honesta, bajo el respecto del espíritu, propósito y razón del legislador probo, plasmado en el estamento legal venezolano con la firmeza otorgada por los preceptos tradicional e internacionalmente aceptados que han servido de génesis a legislaciones de otros países.

Es inaceptable que en Venezuela presuntamente se haya limitado la distribución del papel utilizado por la prensa escrita y restringido o eliminado medios de comunicación audiovisuales, en forma supuestamente no muy claras.
Hay delitos que no prescriben y el ejercicio del poder acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de la Constitución o de la ley. El Estado está obligado a responder por los daños que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento de la administración pública.

EL IMPULSO es un patrimonio larense más longevo que el obelisco.

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