Sala Electoral desestima acusaciones de Didalco Bolívar contra Ismael García

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La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de amparo constitucional que interpuso el ex gobernador del estado Aragua, Didalco Bolívar, contra la directiva de la tolda política Podemos, específicamente contra su secretario general, Ismaél García.

Se trata de una demanda interpuesta el pasado 21 de marzo ante la máxima corte, en la que el presunto corrupto actuó invocando un supuesto carácter de secretario general nacional adjunto de la organización política. Según él, todas las acciones realizadas por la directiva de esa tolda deberían llevar la firma conjunta de García y Bolívar, por lo que, asegura, la adhesión a la candidatura del gobernador de Miranda decidida en la Asamblea General de marzo de 2011, sería ilegítima.

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«Del escrito presentado por Bolívar se desprende que fundamentó la acción de amparo constitucional en presuntas irregularidades cometidas -en su criterio- por las autoridades de Podemos (señalándose de manera específica a su secretario general), por haber diferido la convocatoria del proceso electoral mediante el cual deberán ser renovadas sus autoridades y en virtud de haber apoyado al precandidato presidencial Henrique Capriles Radonski, sin seguir el procedimiento de consulta interna previsto para ello», señala la nota de prensa del TSJ a través de la cual se dió a conocer la decisión.

De acuerdo con el pronunciamiento de la Sala Electoral, estas denuncias no se refieren a la violación de algún derecho constitucional, «circunscribiéndose las circunstancias expuestas a la presunta violación de normas estrictamente estatutarias».

A pesar de ello, el ex gobernador pretendía que el TSJ decretara la revocatoria de la decisión de otorgar respaldo político a Capriles Radonski, así como la prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes del partido hasta tanto no se defina el escenario de las nuevas autoridades, «especialmente la casa nacional del Movimiento por la Democracia Social (Podemos), que en este momento de forma ilegítima utiliza una alianza denominada Mesa de la Unidad Democrática», esgrime en el escrito de amparo solicitado al TSJ.

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En su pronunciamiento, los magistrados de la Sala Electoral señalaron que el recurso contencioso electoral, previsto en la Ley Orgánica de Procesos Electorales y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, «es el mecanismo procesal idóneo para satisfacer las pretensiones esgrimidas, por lo que se declaró inadmisible la acción de amparo».

Cabe recordar, Didalco Bolívar es objeto de un proceso penal al estar imputado por la presunta comisión de  delitos establecidos en la Ley Contra la Corrupción y el Código Penal. Tras ser aprehendido a mediados del pasado mes de agosto en el aeropuerto de Maiquetía, a donde de regresó para emitir señalamientos contra el diputado a la Asamblea Nacional, a principios de septiembre un tribunal aragueño revocó la medida de privación de libertad y actualmente permanece libre a la espera del acto conclusivo del Ministerio Público.

Foto: Archivo 

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