Súmate: Está activo período para activar revocatorios

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El período para activar los referendos revocatorios para los parlamentarios que se encuentran en ejercicio dentro de la Asamblea Nacional, se encuentra activo y la Constitución establece los requisitos para solicitar el mencionado procedimiento.

La información la dio a conocer la organización civil Súmate, a través de su publicación Monitor Parlamentario, en el cual explican que la figura del referendo revocatorio es un derecho que tienen los venezolanos para cambiar a todas aquellas personas que tengan una deficiente gestión dentro de cualquier cargo de elección popular.

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«El artículo 72 del texto constitucional aplica para todos los cargos de elección popular. Para su activación se requiere cumplir: haber transcurrido la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario; que la solicitud de referendo esté respaldada por un número no menor del 20% de los electores inscritos en la correspondiente circunscripción, que concurra un número de electores igual o superior al 25% de electores inscritos al momento del referendo y para que sea revocado, el total de los electores que vote debe ser igual o mayor al número de votos que obtuvo el funcionario cuando fue elegido», explican.

En este sentido, señalan que entre múltiples deudas que presenta la AN y el Poder Electoral en cuanto al cumplimiento de la Constitución, está la elaboración de un instrumento jurídico que regule todos los procesos de referendo.

«A falta de esta ley de Referendos, el Poder Electoral ha venido asumiendo lo dispuesto en la Primera Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), siguiendo lo establecido en el artículo 293 de la Constitución y la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), al elaborar y publicar resoluciones que actualmente rigen esta materia», critica Súmate.

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Por otra parte, explican que la revocatoria de los diputados principales no amerita una nueva elección, pero aclaran que el Poder Electoral sí debe convocar a comicios, en el caso de aquellos suplentes que se encuentren en el rol de principales y sean revocados.

Señalan que en el actual parlamento nacional 14 diputados principales dejaron sus cargos y fueron sustituidos por sus respectivos suplentes: 9 diputados principales Lista del PSUV y 5 diputados nominales, 4 del PSUV y uno de la MUD.

«En el caso de que procediera la solicitud y la aprobatoria popular de la Revocatoria de estos 14 diputados suplentes en cargos titulares, el CNE está obligado a convocar elecciones para las 5 circunscripciones nominales con el fin de cubrir la falta absoluta y que los electores de estas localidades tengan sus representantes en el Parlamento Nacional; mientras que para las 9 circunscripciones Lista no está clara la situación, en cuanto si se debe convocar a un nuevo proceso electoral o lo deba sustituir el suplente siguiente en la lista por ese estado», precisan.

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