Según expertos en Derecho Constitucional: Se pueden adelantar las elecciones

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En la Constitución del 99 no están contempladas celebrar elecciones presidenciales como consecuencia de una crisis política, económica y social,  como la que se ha venido viviendo en el país. Mucho menos unas generales, que abarquen las de gobernadores y consejos legislativos, alcaldes y concejales.

No así las elecciones regionales, que ha debido ya haber convocado el Consejo Nacional Electoral.

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Coinciden en tal apreciación, en entrevistas separadas, los profesionales del Derecho Américo Martín, escritor y analista político, quien en los años 2002 y 2003 fue uno de los integrantes de la oposición, identificada como Coordinadora Democrática,  que participó en la Mesa de Negociación y Acuerdos que dirigió el entonces presidente de la Organización de Estados Americanos, César Gaviria, con el concurso del Centro Carter; Manuel Rachadell, abogado constitucionalista y profesor universitario; y José Gregorio Zaá, abogado, docente universitario y experto en materia electoral.

La Mesa de Negociación y Acuerdos planteó el referendo revocatorio, que se llevó a cabo quince meses después de aprobado y el cual ganó Hugo Chávez, quien ya para entonces había tenido la suerte de que los precios del petróleo habían aumentado y él había implementado las “misiones”, que le permitieron oxigenarse.

Diosdado Cabello, Jorge Rodríguez, Aristóbulo Istúriz y Elías Jaua, entre los principales dirigentes del Partido Socialista Unido de Venezuela, han venido sosteniendo que no puede haber referendo revocatorio porque ya los tiempos no dan y, por otra parte, que no se pueden celebrar elecciones adelantadas para la presidencia de la República porque esa figura no aparece en Constitución del 99. Nicolás Maduro no sólo se niega a ser revocado sino que ha pregonado que la oposición no volverá a Miraflores “ni con votos ni con balas”. O lo que es lo mismo: que no saldrá del poder.

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Decisión política

Américo Martín manifiesta que aunque la Constitución establezca un determinado período para ejercer la presidencia de la República, efectuar unas elecciones adelantadas es una decisión política que puede alcanzarse mediante  diálogo…

Si el acuerdo se logra entre las partes, se hace rapídisimo, mediante una enmienda constitucional para adelantar la fecha, lo cual no requiere mayor esfuerzo porque se puede hacer en una o dos semanas. No pasa de ese tiempo.

Claro que si se trata de reformar la Constitución, se piensa en muchos debates; pero, en este caso, si estamos de acuerdo todos, sencillamente se toma una decisión inmediata y se le da la forma que exige la Constitución.

-Pero, ¿no se violenta la Constitución?

-En todo caso, si alguien tuviera alguna duda al respecto,  se resuelve porque hay una mayoría suficiente para hacerlo. Podría hacerlo la oposición, pero una enmienda aprobada por la mayoría simple. Desde luego, si se va a consulta, pues, iremos a consulta y se ganará. Eso en el caso de que el Gobierno no participara; pero, si lo hace, es mucho más fácil todavía.

-¿Qué opina del planteamiento de Henrique Capriles en el sentido de que si para el 11 de este mes no hay acuerdos, no tiene sentido continuar reuniéndose con el Gobierno?

-No estoy de acuerdo con eso. Y creo que él rectificará esa declaración, que no se corresponde con la realidad, porque pareciera que no hubiera interés en el diálogo. Él es suficiente serio para darse cuenta.

Razones para un adelanto

Por su parte, el Dr. Rachadell sostiene que para que haya elecciones adelantadas para escoger al nuevo Presidente tienen que darse ciertas condiciones muy precisas: falta absoluta del Presidente antes de cumplir los cuatro años.

La falta absoluta se produce bien porque haya un referendo revocatorio antes del 10 del enero, o bien porque el Presidente renuncie antes de esa fecha o sea declaerado incapacitado para esa fecha. Después del 10 de enero no se pueden hacer elecciones adelantadas, ni siquiera porque las partes se pongan de acuerdo, porque no se puede violentar la Constitución.

-¿Y si se hace la enmienda?

-Esa es otra cosa. Ese es otro texto constitucional. Se puede hacer una enmienda, una reforma o una nueva Constitución. Todo eso es posible. Dentro de la vigente.

-Pero, tampoco está en la Constitución haber pospuesto la celebración de elecciones regionales.

-Esa es una violación de la Constitución. El CNE incumplió el mandato constitucional de hacer las elecciones en la oportunidad que corresponda convocarlas y realizarlas. La convocatoria no depende del criterio discrecional del CNE.

 

El antídoto

La propuesta de un adelanto general de todos los cargos de elección popular viene a ser una especie de antídoto constitucional a la más grave crisis que está atormentando al pueblo de Venezuela, estima el Dr. Zaá. Es así porque ya vimos cómo  a través de un remedo de formalismo se ratificaron a magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, entraron vía contrabando otros magistrados sin tener los requisitos  de ley (ni siquiera los años de ejercicio profesional), se ratificó a la Fiscal General que por cierto se postuló fuera del lapso, así como también al contralor general de la República, Manuel Galindo, que era el abogado de Miraflores y también se postuló al Defensor del Pueblo, Tareck William Saap. Ni hablar a las rectoras del CNE. A Maduro se le cuestionó su legitimidad de origen y su legitimidad en el desempeño, muchísimo más. Una forma de poner orden a este régimen atávico sería la legitimitación de todos los poderes públicos.

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