Interpol no actúa en casos políticos

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Ante el anuncio de que el Ejecutivo Nacional envió una comisión para hablar sobre el caso de la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, con el secretario general de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), Jurgen Stock, en Lyon, Francia, donde está la sede de ese organismo, es casi seguro éste no procederá a la detención de la mencionada funcionaria, destituida por la Asamblea Nacional Constituyente el pasado 5 de agosto, tras la decisión del Tribunal Supremo de Justicia de someterla a un antejuicio de mérito.

Así se desprende de las declaraciones del Dr. Fermín Mármol García, profesional del Derecho, profesor universitario, criminólogo y asesor de riesgos especiales, quien fue consultado por EL IMPULSO en relación a las amenazas de ser detenida y extraditada al país, ya que tenía prohibición de salida de Venezuela y se le habían congelado sus bienes.

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Interpol es un organismo mundial que funciona desde 1923, que tiene presencia en 190 países del mundo y por lo tanto es el organismo más importante en el combate de delitos internacionales relacionados con el crimen organizado, tráfico de drogas, tráfico de personas, tráfico de armas, lavado de dinero, crímenes económicos y corrupción, explicó el especialista. Pero, dentro de sus funciones, no actúa en casos de política, militar, racial y religiosa.

Si la fiscal tiene protección de algún país, ya que se tiene conocimiento de que en los momentos está protegida por el Gobierno de Colombia, no podría ser detenida. Y lo mismo sucedería si es recibida como exiliada por ese u otro país. O si en determinado momento pidiera ser protegida por alguna organización internacional como la OEA o la Comisón Interamericana de Derechos Humanos.

Claro está que el jefe del Ejecutivo Nacional puede hacer una petición a Interpol, a través del Ministerio de Justicia, que tiene a su cargo el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, que está vinculado a la mencionada organización mundial. Pero, en ese caso el delincuente tiene que haber sido sometido a un juicio y ser condenado. No puede ser un perseguido político.

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