Amparo constitucional a vecinos de Patarata

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En la compañía de residentes y vecinos de Patarata, que sufrieron en carne propia los atropellos y perjuicios de las bandas armadas del oficialismo, que agreden a diestra y siniestra, por toda la ciudad, el alcalde Municipal Alfredo Ramos, solicitó con premura ante Juez competente, amparo constitucional, demandando, con pleno derecho y competencia, la protección judicial ante los hechos bochornosos, de bandas armadas y colectivos sociales, que azotaron esta laboriosa comunidad y ocasionaron gravámenes irreparables al conglomerado humano.
La mejor acogida despertó, en el seno de la comunidad, esta aplaudida decisión del dinámico y comprensivo alcalde quien, asistido por la hoja del derecho y haciendo honor a su digno escalafón de Primera Autoridad Civil del municipio Iribarren y a su conocida trayectoria de dirigente popular, que vela y defiende con ahínco los intereses y derechos del Municipio. No conocía la ciudadanía un gesto de este calibre y de tan sana y colectiva intención, que un Alcalde, en ejercicio legítimo de sus funciones legales, acudía cívicamente a estrados jurisdiccionales a impetrar justicia, a favor de ciudadanos humillados y conculcados sus derechos, por bandas del oficialismo, que hicieron las de Villadiego, escudados en malhechores de baja ralea.
Es verdad, hay una tremenda diferencia, entre este eficaz y competente Alcalde, dechado de ecuanimidad y democracia, que asido al estandarte de la ley, se pone al lado de la gente, en reclamo de sus derechos y sanción, dentro del ordenamiento legal, a los desmadrados que atropellan y cometen pavorosos delitos, que pueden quedar impunes, sin sanción legal.
Antes, para desgracia y terror, imperó el peculado sin sanción, la felonía de la Alcaldesa que abandonó el cargo en oprobio a la Ley, dejó exhaustas las rentas comunales, se auto pagó las prestaciones en abuso doloso y dejó sin patrimonio el Municipio. Buen ancestro sembró, degradó la moral pública y rumia su resentimiento y sus bastardas pasiones en medio de la santa cólera del pueblo.
Como habitante de la comunidad sufrida de Patarata, que padeció la ira desatada de estos sátiros de la voluntad de poder, y como profesional del derecho, adhiero, plena y conscientemente, a la justa causa incoada, le doy respaldo personal y profesional y aviso al Juez de la Causa, me acepte como parte, lo que expresamente hago saber por este medio.
En este proceso se plantea una incidencia que le asigna carácter histórico: civilismo y militarismo vienen a juicio en representación de sus legítimos derechos e intereses: el Alcalde y vecinos de Patarata, son la parte actora, el Alcalde es elegido por sufragio popular. El General Cesar Figueira Peralta, parte demandada, es funcionario castrense designado por Presidente que no es legítimamente constituido.
La Carta Magna, establece en el artículo primero, que en base a la doctrina bolivariana fundamenta la Republica: “Su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz”. Tan sabia y obligatoria norma, priva a la parte demandada, acción legal en razón de que la doctrina bolivariana establece que el militar no debe ser deliberante, de conformidad a estos principios: 1ero) El soldado no es el árbitro de las leyes ni del gobierno; es el defensor de su libertad (Discurso en el Convento de San Francisco, Caracas, 2 de enero de 1.814. 2do) El sistema militar es el de la fuerza y la fuerza no es el gobierno (Carta a José Cortez de Madariaga, Margarita, 29 de diciembre de 1.816) 3ero) “Desgraciado del pueblo cuando el hombre armado delibera” (Discurso dirigido al Comandante General del Departamento de Cundinamarca, Bogotá, 24 de junio de 1.828).

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