Vehículos no pasan el test del coronavirus

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Una minuta policial indica que un ciudadano fue detenido por el Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro de la Guardia Nacional Bolivariana el pasado 26 de julio en el Terminal de Pasajeros de El Vigía en el estado Mérida por presuntamente transportar gente de Venezuela a la ciudad colombiana de Cúcuta. Su delito fue violar el decreto presidencial de cuarentena y estado de alarma. No había nada ilegal en su vehículo, solo le incautaron un teléfono celular.

Dos días antes en el municipio Mara del estado Zulia, 23 motos fueron decomisadas. En esa fecha también retuvieron a 22 motorizados en el municipio zuliano de La Guajira, 8 en el municipio Baralt, 7 en el Almirante Padilla y 6 en Catatumbo. Igual suerte corrieron 7 vehículos en el municipio San Francisco, 8 en Lagunillas y 3 en Colón.

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El 26 de julio, además de retener carros y vehículos, un ciudadano estuvo detenido 24 horas por caminar por la calle en horas de la noche y violar el decreto de cuarentena 6519.

La retención de vehículos y motos se está haciendo común en la cuarentena por el coronavirus, especialmente en el interior del país, donde después del mediodía pareciera que se entra en una especie de toque de queda.

“El problema con los estados de excepción es que permite al Ejecutivo Nacional dictar medidas extraordinarias que pueden afectar los derechos constitucionales”, dijo el abogado Juan Manuel Raffalli.

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De acuerdo a Raffalli es normal que las autoridades restrinjan el flujo vehicular durante un estado de alarma, mas no así quedarse con los automóviles de quienes supuestamente violentan la cuarentena.

“Lo normal si alguien no tiene salvoconducto es retener a la persona y darle un aviso para que no vuelva a incurrir en la falta, pero de ahí a quedarse con el carro es un atropello al derecho a la propiedad de manera innecesaria”.

Para Raffalli la proporcionalidad de los cuerpos de seguridad debe ser acorde con la cuarentena y sus restricciones. “No es lo mismo que te pongan una multa o te den una charla a que te dejen sin carro”.

El abogado aseveró que tales acciones no pueden ser dictadas por autoridades regionales porque es una medida extraordinaria dictada por el Ejecutivo Nacional. “Gobernadores y alcaldes no pueden saltarse sus respectivas competencias”.

Raffalli sentenció que las sanciones no pueden ser impuestas discrecionalmente por autoridad alguna y menos policial.

“Todas las sanciones tienen que tener una tipificación legal, es el principio que rige el derecho penal. Hay una discrecional actuación por parte de los funcionarios que se conoce como vías de hecho”.

Dijo que no había norma alguna dentro de los decretos de estado de excepción por alarma ni su prórroga que tipifique sanción. “Habría que aplicar penas que estén estipuladas en la legislación penal ordinaria o en la de tránsito terrestre”. 

El virus al volante 

A juicio del abogado constitucionalista no puede haber discriminacion entre quienes conducen un automóvil y aquellos que van caminando por la calle.

Lo que ocurre es que cuando detienes a un vehículo estás confrontando a una o dos personas, mientras que cuando interrumpes el paso peatonal corres el riesgo de que te rebasen en proporción”, dijo Raffalli.

Para el abogado constitucionalista, la estrategia de supervisar solo a vehículos puede responder a una evasiva de parte de las autoridades por confrontar a una masa de gente. Así, quienes viven en Caracas ven accesos cerrados a la autopista Francisco Fajardo, mientras que las calles de sectores como Catia y Petare lucen repletos de gente.

Más información www.runu.es

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