#OPINIÓN Red de Instituciones Larenses: “Problemática De La Deforestación En Las Cuencas Hidrográficas Del Estado Lara» (Parte IV) #25Ene

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“Señor, ayudadme a decir la verdad delante de los fuertes y…

a no decir mentiras para ganarme el aplauso de los débiles.”

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Mahatma Gandhi

Viene de Problemática De La Deforestación En Las Cuencas Hidrográficas Del Estado Lara.» PARTE III.

Insistentemente repetitivo debo expresar: 

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“La Depredación Ecológica que atenta contra la vida nos impone la obligación legal, ética y moral de ocuparnos y unirnos para preservar nuestras vidas y la de futuras generaciones.”

 “El daño que se está ocasionando a la naturaleza es directamente proporcional a las consecuencias que habremos de pagar… ¡Inefablemente!».

Desde hace décadas una propaganda destinada a despertar la conciencia conservacionista, escenifica el desperdicio de papel en el mundo; cuantificando en aproximadamente. 400 millones de toneladas al año.

¿Cuántos árboles se deben sacrificar para producir 400 millones de toneladas de papel al año, para ser desperdiciada?

Los daños ocasionados por la forma como se ha expandido la frontera agrícola en las zonas altas del estado Lara son in-cuantificables y, en la mayoría de los casos irreversibles, las autoridades a quienes compete la investigación de esta depredación deberían llevarla, obligatoriamente. ante los organismos que “presuntamente” han propiciado el holocausto. El marco legal venezolano conformado por: La Constitución, las leyes y sus Reglamentos, expresan textualmente las responsabilidades, y las sanciones, a los funcionarios que “presuntamente” han inspeccionado las áreas, donde se han ejecutado las devastaciones. y deben explicar el fundamento legal y técnico con el cual han aprobado y/o propiciado la ejecución de las siembras.

A manera de recordatorio cito el texto del artículo 11 de la Ley Penal del Ambiente”: “Agravante. La condición de funcionario público en el sujeto activo del hecho punible, en aquellos casos que el tipo no lo requiera y siempre que aquel actuare en ejercicio de sus funciones, constituye circunstancia agravante genérica de la responsabilidad penal.

O, el artículo 34, de la misma Ley: (cito): Permisos y autorizaciones:

“El funcionario que otorgue permisos o autorizaciones para la construcción de obras y desarrollo de actividades no permitidas, de acuerdo a los planes de ordenación del territorio o de las normas técnicas, en los lechos, vegas, y planicies inundables de los ríos u otros cuerpos de agua, será sancionado con prisión de seis (6) meses a un (1) año y multa de seiscientos (600) a mil (1000) días de salario mínimo.”

Pero más allá de establecer una cacería de culpables, se debe cuantificar los daños ocasionados de la manera más pragmática posible para poder planificar, ejecutar. supervisar, y controlar, las soluciones que conlleven a parar la depredación, de manera inmediata…

No se puede, ni se debe olvidar las tragedias ocurridas en el Valle de Mocotíes en el año 2002. Esta situación la habíamos advertido en un documento elaborado en la “asociación Nacional Caficultores de Venezuela”, enviado a las autoridades merideñas encargadas de la ejecución del Plan Café de aquella época, ese documento, fue publicado en diarios de aquella entidad estatal, aproximadamente, veinte (20) días antes de que ocurriera la tragedia. Los deslaves acabaron con un porcentaje de la población cuantificado en no menos del sesenta por ciento (60%). Y esta tragedia ha sido repetitiva.

En las Memorias del Primer Congreso Integral del Café de la Región Centro Occidental, junio 2.001; evento patrocinado por la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado, por la Gobernación del Estado Lara y por la alcaldía del Municipio Morán, quedo plasmado que, no se puede diversificar o sustituir al cultivo del café, sin causar daños irreversibles a la naturaleza. Desde aquella época estamos a la espera de la realización del segundo Congreso.

El cambio climático que estamos ocasionando, podría estar demostrándose con las lluvias extemporáneas de los últimos días y el cambio de la temperatura actual.

“Este cambio climático definitivamente, afecta más, a los que menos pueden ser oídos… A los pobres y a las futuras generaciones.”

Es perentoriamente obligatorio comenzar a dar respuestas eficaces y eficientes para parar la depredación. Propongo que se comience con la recuperación de áreas específicas que puedan servir de vitrina demostrativa de cambios rápidos y favorables que sirvan de incentivo para elaborar y realizar proyectos de las demás superficies que integren toda una cuenca, como la del “Río Tocuyo.”  Por supuesto, bajo la implementación del “Estamento Legal vigente,” especialmente “Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio,” los artículos constitucionales protectores del ambiente, demás leyes al respecto elaboradas y establecer e imponer las sanciones pertinentes a los culpables de los ecocidios…

Proponemos de manera enfática, comenzar por el sector “El Pajonal,” del Municipio Morán del estado Lara, adyacente al Cerro Curumato, y al Cerro Mundo Nuevo, por ser la zona de mayor índice pluviométrico del estado Lara, donde están las nacientes de los ríos “Morador, Portuguesa y Yacambú, de quebradas tributarias de la represa “Félix de los Ríos mejor conocida como “Dos Cerritos.”

“El agua, por ser indispensable para la vida … ¡Es un Derecho Humano inviolable!”

Maximiliano Pérez Apóstol

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