Radiografía de la justicia

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Son tantas las fallas que ha venido acumulando la justicia en Venezuela que se hace difícil empezar.
Sin embargo, por donde se comience es igual. Tenemos una gran violación de nuestra Constitución, cuando un juez otorga medida cautelar sustitutiva de libertad con presentación cada treinta días, a un peligroso delincuente, que le causa heridas con arma de fuego en su casa a un ciudadano honesto y trabajador, por porte ilícito de arma blanca o de fuego, por resistencia a la autoridad, por robo de vehículo, por uso de un adolescente para delinquir, por fuga, por conformar y dirigir peligrosas bandas, por tráfico y consumo de drogas y hasta por secuestro, entre otros graves delitos.
Con esta mala acción se viola una gran cantidad de artículos, entre los que se pueden nombrar algunos. Art. 1, 7, 19, 21, 26, 27, 43, 55, entre otros. Fallas como estas se tienen que acabar algún día, porque no tiene la debida importancia cambiar las leyes, poner en práctica nuevos planes para enfrentar la inseguridad, invertir grandes sumas de dinero en compras de armas y equipos, si continúan ocupando puestos jueces, fiscales y policías corruptos.
Otro caso que preocupa es de los cuerpos de seguridad, que llegan al sitio después que han asesinado a una persona. Si lograran hacer lo contrario se le agradecería y estarían cumpliendo con el sagrado juramento de proteger a las personas y así se evitaría la muerte de miles de venezolanos, en tan solo un año. Art. 3, 5, 8, 13, entre otros, de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariano. No podemos dejar fuera, otra gran violación de Derechos Humanos, en lo que se refiere a la protección policial, que encarga el Ministerio Público a la autoridad judicial competente para que le conceda protección policial a las víctimas, testigos y demás sujetos procesales que la ameriten, según el Art. 24.
Lamentablemente existen muchos funcionarios policiales que no cumplen con esta ley, burlándose de los jueces que emiten esta medida y poniendo en grave riesgo la vida de muchas víctimas. En esta violación están incursos, tanto los jefes policiales como los subalternos. En cuanto a las víctimas, testigos y demás sujetos procesales, les recuerdo que están en pleno derecho de solicitarle al Fiscal del Ministerio Público o Fiscal Superior de la correspondiente circunscripción judicial, que sean conducidos a las dependencias judiciales, al lugar donde deba practicarse alguna diligencia, o a su domicilio, en vehículos oficiales o con custodia, siempre que existan circunstancias que hagan presumir que la vida e integridad física de estos se encuentren en situación de peligro. Art. 26, de la Ley de Protección de Víctimas. De seguro que los policías al leer todo esto reflexionarán y se dedicarán a leer la Ley Orgánica del Servicio del Policía, por el bien de todos.
En relación con la visita, obligatoria, que deben hacer los familiares de las víctimas, al Cicpc, Policía Estadal, Fiscalía o tribunales, en busca de una respuesta o solución a su problema, son muchas las veces que salen sin respuesta. Así los mantienen por un año, tres años, cinco y hasta doce años. Les pongo como ejemplo, un caso muy sonado el día 19 de febrero de 2011, cuando un delincuente que habita en la peligrosa Urb. Hacienda Yucatán, le disparó a quema ropa a un docente, a la medianoche, al llamarlo y éste se acercó a la ventana, para que los agentes del Cicpc fueran a coleccionar muestras, los familiares tuvieron que ir doce horas después al CICPC y formarles la de San Quintín, porque de lo contrario no se fueran acercado. Ante esta cantidad de errores que cometen quienes, supuestamente, estudiaron y se prepararon para solucionar problemas a las víctimas, al no presentarse al sitio, que podemos hacer y pensar los afectados. Lógicamente, exigirles que cumplan con los derechos de las personas, que por ley les corresponde. Las esperanzas son las últimas que llegan. Los cambios están muy cerca.

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