“La Sala del TSJ atentó contra la vida de la Constitución”

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, además de atentar contra la vida de la Constitución, lo hizo contra su vida propia, porque actuó de una forma que la desestima de un modo muy severo y eso es muy grave.

Lo dijo el abogado y ex presidente de la Cámara de Diputados, Ramón Guillermo Aveledo, al referirse a la decisión de declarar constitucional el decreto de Emergencia Económica emitido por el Presidente Nicolás Maduro, después de haberlo rechazado la Asamblea Nacional.

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Lo hizo en el conversatorio sobre Derecho parlamentario y participación ciudadana, organizado por el decanato de Ciencias Económicas y Empresariales de la UCLA.

En un auditorio colmado de interesados en la materia, Aveledo tocó varios puntos de la Carta Magna, entre ellos los del título V, capítulo I referido al Poder Legislativo, que le otorga poderes para decretar amnistías y dar voto de censura al vicepresidente ejecutivo y a los ministros, que implicaría, si decide las tres quintas partes de los diputados, su destitución.

Al referirse a la sentencia del TSJ sobre la Emergencia Económica, Aveledo la comparó con una tragedia pasional, cuando un hombre mata a la mujer y luego se suicida.

“Para que la constitucionalidad pueda existir y funcionar, se requiere que cada quien haga su parte con sensatez, con juicio. Por eso es tan grave esa sentencia que, seguramente, no va a dejar inmóvil a la Asamblea Nacional, porque si lo aceptara y se quedara de brazos cruzados estaría condenándose a la inefectividad, porque un parlamento que no cumpla su papel nos perjudica a todos los venezolanos”, expresó.

Insistió en que la AN sólo tiene que cumplir con sus facultades y enderezar el entuerto dejado por el máximo tribunal.

También llamó la atención sobre el hecho de que ninguno de los magistrados se hizo responsable personalmente de la sentencia sino que lo hicieron de manera colectiva.

Con respecto al caso de los diputados por el estado Amazonas, cuya elección fue suspendida por el TSJ, cree que se actuó con ligereza y allí existe una restricción de las garantías de los derechos que nos asisten a todos los venezolanos.

Al tocar el tema de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional aprobada en primera discusión por la AN, Aveledo explicó que el Ejecutivo, a través del Presidente de la República, puede dictar indultos y sobreseimientos, que son medidas personales, que benefician a un reo en particular, en cambio, el parlamento puede decretar amnistías, que son generales, amplias, referidas a una época, a unos delitos determinados o a unas circunstancia.

El Ejecutivo, añadió, puede hacer observaciones y devolverla a la asamblea, que las considerará y al aprobarlas las envía nuevamente al presidente, y en caso de que éste no le ponga el ejecútese, puede hacerlo el diputado presidente y los vicepresidentes, de acuerdo a la Constitución.

“Para que esa ley no procediera tendría que haber un obstáculo constitucional preciso, actuar fuera de sus competencias, y hasta ahora, ni en el procedimiento, ni en el contenido del proyecto que se discute, advierto ninguna extralimitación”, indicó.

Cree Aveledo que, en este caso, el gobierno “está equivocando el tiro” al negarse y atrincherarse contra la Ley de Amnistía porque, ante una crítica situación como la actual, ante tanto descontento, ¿qué le convendría, que se distienda o devolver la conflictividad del país a los momentos más ácidos o duros de hace aslgunos años?, le convendría más al mismo gobierno.

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