Jiménez Peraza: Sentencias carecen de base jurídica

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Las sentencias que ha venido dictando la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia carecen de base jurídica.

Afirmación en tal sentido hizo el Dr. Jesús Alberto Jiménez Peraza, exjuez superior del estado Lara.

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La denuncia de que esas decisiones  rompen el “hilo constitucional” como dijo la ciudadana fiscal del Ministerio Público Dra. Luisa Ortega Díaz, daría la falsa impresión que son innovadoras.

No es así, dijo el profesional del Derecho. Constituyen consecuencia y aplicación de antecedente jurisprudencial de una doctrina impropia que ha venido aplicando la Sala Constitucional, desde principios del año 2016.

En este sentido, indicó que todas las sentencias dictadas por la máxima Sala para decidir las consultas de constitucionalidad que les ha planteado el presidente Nicolás Maduro en relación a la sanción de leyes diversas por el Parlamento y, otros recursos que les han sido planteados dentro de los límites de su competencia como interpretativos o de nulidad por el jefe de la fracción parlamentaria chavista o el consultor jurídico de Miraflores, presentan uniformemente el rompimiento de la figura del silogismo.

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Este proceso lógico, consiste en extraer una conclusión de dos premisas, una mayor y una menor que se plantean con el recurso o la consulta.

Si el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos exige, por ejemplo,  la aprobación de la Asamblea Nacional para la constitución o reforma de una empresa mixta (premisa mayor) y Venezuela requiere constituir una sociedad de este tipo con otro país o empresa extranjera (premisa menor), no puede ser jurídicamente congruente una sentencia que exonere ese requisito.

Acerca del desacato de los parlamentarios, el Dr. Jiménez Peraza dijo que tampoco tienen base jurídica sólida todas las sentencias dictadas por la Sala Constitucional, fundadas en el desacato por la incorporación de los diputados del estado Amazonas.

A aparte de violentar las normas sobre la inmunidad a la cual tienen derecho los diputados conforme al artículo 200 de la Carta Magna, ese supuesto desacato no existe.

El Dr. Jiménez Peraza también se refirió a las extrañas sentencias contra los exalcaldes Enzo Scarano y Daniel Ceballos en agosto del 2014.

Y cerró su exposición afirmando que es tardía la actuación de la fiscal Luisa Ortega Díaz al hacer el pronunciamiento.

-Debemos estar atentos a su conducta posterior en relación a las consecuencias jurídicas del rompimiento del hilo constitucional que, conforme su dicho, resalta de las sentencias 155 y 156, sobre todo por la circunstancia que la aclaratoria de oficio y en día feriado judicial (sábado) que hizo la Sala el 1 de abril del 2017 no corrige en forma alguna los vicios denunciados por ella.

 

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