Jorge Rosell: Decisión de la AN es impecable

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El ex magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), doctor Jorge Rosell, recordó que el Comité de Postulaciones incurrió en múltiples vicios: no se respetó el lapso de impugnaciones de los candidatos a magistrados propuestos; no se estableció un baremo (requisito indispensable previsto en la ley para precisar las cualidades de los propuestos), se violó el derecho de magistrados activos al jubilarlos a destiempo, a fin de tener cargos vacantes en el TSJ para ser ocupados por los que eligiera la AN oficialista, no se respetó la condición de independencia de los magistrados al ser designadas fichas del PSUV como magistrados, caso Calixto Ortega y el Diputado Zerpa, quién era parlamentario al ser elegido; votó por él mismo en la AN para esta elección.

Por lo tanto, la recomendación del Bloque Constitucional, que por fin fue acogida ayer por la AN, no era la de destituir a los magistrados, pues estos nunca lo fueron, sino declarar nulo e ineficaz el acto final del Comité de Postulaciones.

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A juicio de Rosell esta es una decisión que legalmente puede realizar la AN, con base en la autotutela administrativa, prevista en la Ley de Procedimientos Administrativos y en el Reglamento Interior y de Debate de la Asamblea Nacional. “Todo órgano público puede enmendar los errores cometidos. La serie de faltas en las cuales incurrió el Comité de Postulaciones llevó a la anterior AN a realizar un acto viciado, como se declaró ayer”.

Explicó que la consecuencia de la decisión será reponer el proceso al Estado a fin de designar un nuevo Comité de Postulaciones, iniciar de nuevo todo el proceso, recibir las solicitudes para cubrir las vacantes en el TSJ con los respectivos recaudos de los candidatos y a través de la aplicación del baremo correspondiente, llegar a la conclusión de un listado que se presentará ante la plenaria de la AN para la elección de esos nuevos magistrados.

“Posiblemente, la Sala Constitucional querrá producir una de esas sentencias a las cuales nos tiene acostumbrados, sin embargo, por estar involucrados en ese asunto tendrán que inhibirse, si acaso respetan la ley y tienen el mínimo de decencia en su proceder”.

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El abogado destacó que la decisión ha debido tomarse antes.

“Esperar la reflexión del oficialismo sobre una salida democrática, hizo que la AN retardara dicha decisión, pero los vicios subsisten, por lo cual la decisión es legalmente impecable”.

Rosell mencionó que el contenido del artículo 138 de la Constitución es breve pero contundente: “Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos”.

Los “magistrados” elegidos en diciembre de 2015 usurparon la autoridad que supuestamente    tenían, razón por la cual todos los actos en los cuales tomaron parte  son nulos”.

Agregó que la otra consecuencia es que tendrán que ser desalojados del cargo que han pretendido ejercer ilegítimamente.

Como también se declaró la nulidad en la designación de los 23 suplentes, no habrá a quien designar para esos cargos. Una de las soluciones podría ser llamar a aquellos magistrados que fueron jubilados ilegal y forzosamente en contra de sus voluntades para que ocupen esos cargos hasta tanto se constituya el nuevo Comité de Postulaciones y se realice la elección de magistrados legalmente.

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