Academias condenaron actuación de TSJ

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Su rechazo por los argumentos esgrimidos por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para negarse a cursar 10 recursos que pretendían la revisión de la legitimidad de las elecciones presidenciales del 14 de abril, expresaron este viernes los presidentes de las Academias Nacionales.

Emitieron un comunicado en el que expresan una posición que cuestiona la institucionalidad y el apego al Derecho, de los magistrados del máximo tribunal.

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“El Comité Interacadémico, formado por los presidentes de las Academias Nacionales (…) manifiesta su rechazo a dicha decisión, haciendo suya la opinión del Subsecretario General de Derechos Humanos de la ONU, cuando señala que las elecciones libres y justas suponen mucho más que urnas, registros de electores y propaganda electoral”. Asimismo, declara que “no es válido el argumento del Tribunal Supremo declarándolas insuficientes, vagas o genéricas o que sus alegatos eran ofensivos e irrespetuosos», advierte el documento.

En este sentido, el Comité expresó su preocupación “por lo perjudicial que resultan para los principios del sistema democrático y de su legitimidad, que se afecte el debido proceso y el derecho de acceso a la justicia y las garantías de la autenticidad de los procesos electorales como elementos determinantes de la vigencia del sistema democrático en un Estado de Derecho”.

Ambos derechos y garantías -agregan- suponen la posibilidad de acudir a los órganos jurisdiccionales sin exigencias rituales y formalistas, en razón de que como se consagra en la Constitución el proceso es un medio para obtener la justicia, por lo que ni las demandas ni los actos procesales son un fin en sí mismo.

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En relación con la declaración de la Sala Constitucional, que alegó como supuesto para negarse a procesar uno de los recursos de impugnación porque consideraban ofendía “la majestad del TSJ” (lo que supuso una multa para el accionante, los académicos afirmaron que se trata de un hecho “grave”.

Es “lo más grave” que la “calificación anímica o subjetiva implique límites o restricciones a los derechos constitucionales del debido proceso y del acceso a la justicia”.

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