Justicia Venezuela: Nueva Ley Orgánica de Amparo no garantiza el derecho a la libertad ambulatoria #26Abr

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La nueva Ley Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal –publicada en La Gaceta Oficial Nro. 6.651 Extraordinario del 22 de septiembre, si bien representa un avance, la ONG Justicia Venezuela no cree garantizará el derecho a la libertad ambulatoria de los ciudadanos.

El pronunciamiento lo hace la organización, tras la realización de un Foro-Chat en el cual se realizó el análisis, entre especialistas, del nuevo instrumento, llegándose a la conclusión que hoy quieren dar a conocer a la opinión pública nacional.

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El foro-chat que contó con la ponencia del constitucionalista Armando Blanco Guzmán, nos permitió constatar que aunque el nuevo articulado –conformado por 18 artículos y tres disposiciones transitorias- jurídica una de las modalidades de amparo más relevantes como es el habeas corpus, descartan que pueda detener las detenciones arbitrarias.

Recuerdan que en el país están “institucionalizadas” las aprehensiones irregulares, por lo que a juicio de la ONG, para garantizar la libertad y seguridad personal, se requiere una política coordinada de respeto a estos derechos por parte de los órganos de seguridad y el poder judicial.

Advierten además que la nueva Ley no debió excluir aspectos esenciales como el procedimiento de segunda instancia, es decir, preservar la posibilidad de alguna vía de revisión o de apelación.

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Justicia Venezuela advierte que el problema jurídico venezolano no es un asunto de mera legalidad, es decir, de exclusivo acatamiento al orden jurídico, sino que también obedece a la incapacidad material y funcionarial de cumplir con lo previsto en el ordenamiento legal por la eterna transitoriedad y la falta de presupuesto.

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