Casos de corrupción: ¿hasta dónde llegan las investigaciones en juzgados y Pdvsa? #30Mar

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Trabajo de: www. talcualdigital.com

La investigación sobre las tramas de corrupción en dos juzgados del país, así como Pdvsa y la Sunacrip solo arrojan detenidos y nuevos allanamientos para determinar responsabilidades. Pero las actuaciones de estos funcionarios públicos pueden ser objeto de análisis para determinar otros posibles daños al patrimonio nacional. Tampoco se puede exculpar la actuación del Ministerio Público en el caso de los jueces, opina el abogado penalista Joel García.

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La purga anticorrupción que adelantan las autoridades venezolanas desde el 17 de marzo han descubierto hasta ahora tres tramas que afectan el patrimonio e incluso la seguridad nacional: Pdvsa Cripto, bautizada así por el fiscal Tarek William Saab y que lleva la mayor cantidad de detenidos, los sobornos en juzgados a cambio de favores y la implicación de un exalcalde con dos bandas delictivas que mantienen azotados los estados centrales.

El pasado 25 de marzo, el fiscal Saab aseguró en una rueda de prensa que nueve funcionarios públicos, adscritos a Pdvsa y la Sunacrip, un diputado de la Asamblea Nacional y 11 empresarios estaban vinculados a la trama Pdvsa Cripto, que usaba las asignaciones a dedo de crudo a particulares y la desviación de esos dineros a través de criptomonedas como su modus operandi. 

El equipo jurídico de Transparencia Venezuela explica que toda actuación de los funcionarios públicos está sometida a control, «tanto por los organismos de control interno (unidad de auditoría interna) como por los órganos de control externo (Contraloría General)». 

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La Asamblea Nacional también puede ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la administración pública nacional, «y puede requerir a los funcionarios la información necesaria para el ejercicio de este control».

Transparencia Venezuela señala que la Ley Orgánica de Administración Pública, la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, la Ley de Contrataciones y la Ley contra la Corrupción obligan a los funcionarios a:

  1. Rendir cuentas de los bienes y recurso públicos bajo su administración, control o custodia
  2. Publicar los procesos de licitación, adjudicación de contratos
  3. Ejecución presupuestaria
  4. Bienes, entre otros.

¿Pero solo es posible juzgar por estas asignaciones de crudo? El equipo jurídico de Transparencia aclara que en un proceso penal, el Ministerio Público «puede ampliar la acusación e incluir nuevos hechos, sobre todo si estamos en presencia de hechos de gran corrupción y de tramas complejas».

«El caso particular de las investigaciones sobre presuntos casos de gran corrupción contra funcionarios de Pdvsa y otros entes, sin duda, debería alertar a otros órganos de control (Auditoría interna, Contraloría General), para que dirijan sus labores de fiscalización sobre los recursos públicos manejados por las personas investigadas y con ello contribuir a la detección y denuncia, ante los órganos de investigación penal, de cualquier otro presunto delito», señalan desde la ONG.

Jueces en corrupción

En el caso de los jueces José Mascimino Márquez, Yorwis Bracho Gómez y el expresidente del Circuito Judicial de Caracas, Cristóbal Cornieles, fueron acusados de otorgar medidas sustitutivas o cambiar acusaciones por medio de sobornos. 

El abogado especialista en derecho penal Joel García aclara que, en este proceso, solo procede la revisión del expediente o los expedientes detectados por el Ministerio Público donde se presume hubo una actuación irregular.

Pero ya las decisiones anteriores tienen carácter de cosa juzgada y, en consecuencia, no son revisables, explica García. Pone el ejemplo del juez José Mascimino Márquez y Cristóbal Cornieles, donde solo se les investiga por las irregularidades que derivaron en una medida cautelar sustitutiva de libertad a favor de Oswaldo «el Pelón» Cheremos Carrasquel, vinculado a la organización delictiva conocida como el «Tren del Llano».

Esa medida sustitutiva de libertad ya fue revocada por otro juez, debido a la presunción del acto de corrupción. De igual forma, le corresponde al MP investigar si hay otros casos donde se presuma corrupción por decisión de estos jueces.

Además, García asegura que «llama la atención, en el caso de la persona vinculada con el Tren del Llano, ¿qué papel desempeñó el fiscal allí? El fiscal pudo oponerse. ¿Lo hizo? No. Entonces a esta mesa le faltan patas, porque el fiscal que actuó en ese caso también debe ser investigado. ¿Por qué el fiscal no ejerció sus recursos oportunamente? Eso hay que averiguarlo». 

El abogado señala que estos casos de corrupción generalmente se dan a través de un entramado entre el Ministerio Público (fiscales), el propio detenido a través de su defensa y el juez. «El Ministerio Público no se puede exculpar de estas situaciones porque no ejercieron los recursos para evitarlo».

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