Eugenio Martínez explica el oficio de la Contraloría General que inhabilita políticamente a María Corina Machado #30Jun

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El periodista Eugenio Martínez explicó a través de sus redes sociales el ofició que la Contraloría General entregó a Jose Brito la inhabilitación por 15 años a la candidata a la Primaria María Corina Machado.

En un hilo de tuit, Martínez señaló que el documento se muestra que la Contraloría General de la República determinó «errores (sobreestimaciones y subestimaciones), así como omisiones en las declaraciones juradas de patrimonio«.

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«La inhabilitación por 15 años @MariaCorinaYA se debe a que la CGR determinó «errores (sobreestimaciones y subestimaciones) así como omisiones en las declaraciones juradas de patrimonio (…) Así mismo, se determinó la existencia de fondos administrados por justificar que representó un porcentaje cerca del cincuenta por ciento (50%) de los fondos administrados en el período evaluado, constituidos por depósitos y notas de crédito de origen no conocidos en bancos nacionales como Mercantil, C.A., Banco Universal y Venezolano de Crédito, S.A., Banco Universal y operaciones de depósitos y notas de crédito de origen no conocidos en moneda extranjera», explica Martínez.

El comunicador indicó que en una redacción política y no administrativa se le señala a María Corina Machado haber sido participe de la supuesta «trama de corrupción orquestada Juan Guaidó«.

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«En una redacción política y no administrativa- dice que María Corina Machado «ha sido participe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador Juan Guaidó que propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero, con la complicidad de gobiernos corruptos», precisa.

Por último, Martínez indicó que el comunicado de la Contraloría también dice que Machado incumplió las disposiciones establecidas en el artículo 191 de la Constitución.

«@MariaCorinaYA «incumplió las disposiciones establecidas en el artículo 191 de la Constitución el cual dispone que los diputados a la AN no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, siempre que no supongan dedicación exclusiva, toda vez que aceptó la acreditación como representante alterna de la delegación de la República de Panamá ante la Organización de Estado Americanos (OEA)», refirió.

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