«El abogado es un artesano que debe saber pulir su obra con el cincel del derecho y el martillo de la justicia.»
Francesco Carnelutti
1. La Esencia del Abogado en la Sociedad Moderna
En la compleja estructura de la sociedad moderna, la figura del abogado trasciende la mera representación legal; se erige como un auxiliar indispensable de la justicia, un coadyuvante esencial en la administración equitativa del derecho. En Venezuela, esta premisa adquiere una relevancia particular, en un contexto donde la solidez institucional y la certeza jurídica son pilares para el desarrollo y la convivencia pacífica.
El abogado venezolano, lejos de ser un simple intercesor entre particulares o entre el ciudadano y el Estado, asume un rol proactivo en la consecución de los fines del derecho. Esto implica garantizar la defensa de los derechos humanos, la aplicación de la ley y la resolución pacífica de conflictos. Su función es dual:
- Por un lado, representa y defiende los intereses de sus clientes con diligencia y lealtad.
- Por otro, y de manera ineludible, coadyuva a la recta aplicación de la justicia, actuando como un verdadero guardián de los principios éticos y deontológicos que rigen su profesión.
2. El Respaldo Constitucional a la Función del Abogado
La función auxiliar del abogado está sólidamente respaldada por nuestra Carta Magna. El Artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece textualmente:
«La potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. Corresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias. El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio.»
En esta disposición fundamental, se consagra de manera explícita la categoría de auxiliares de justicia, y se reconoce la participación directa de los abogados autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio como parte integral del sistema. Esto confirma el papel esencial que desempeñan en el engranaje judicial venezolano, incluyendo su rol en los medios alternativos de justicia y su interacción con los ciudadanos en la administración de la misma. No solo legitima su función, sino que subraya la corresponsabilidad que tienen en el correcto funcionamiento de todo el sistema.
3. Amplio Espectro de la Labor del Abogado
La labor del abogado no se limita a los estrados judiciales. Su influencia se extiende a diversas áreas fundamentales:
- Asesoría preventiva
- Mediación y arbitraje
- Docencia
- Investigación jurídica
En cada una de estas facetas, el profesional del derecho venezolano contribuye a la construcción de un orden social más justo y equitativo. La complejidad de las relaciones humanas y la evolución constante de la normativa legal exigen del abogado una preparación constante, una visión crítica y un compromiso inquebrantable con la ética. Es en este punto donde la dimensión del abogado como auxiliar de justicia se hace más evidente. Su intervención no busca simplemente la victoria procesal, sino la prevalencia de la verdad y la equidad, lo cual, en última instancia, beneficia a la sociedad en su conjunto al fortalecer la confianza en el sistema jurídico.
4. El Decálogo del Abogado Venezolano: Un Compromiso Ético y Social
La Federación de Abogados de Venezuela, consciente de la trascendencia de la función del jurista, ha impulsado a lo largo de su historia principios y directrices que buscan guiar el ejercicio profesional por senderos de rectitud y excelencia. En este sentido, la publicación del Decálogo del Abogado Venezolano representa un hito fundamental en la consolidación de la ética profesional y en la reafirmación del rol del abogado como pilar de la justicia. Este compendio de principios, que se erige como una brújula moral para todo jurista, no es solo un conjunto de normas; es una declaración de valores que subraya la responsabilidad social inherente a la profesión.
La Federación de Abogados de Venezuela, en su compromiso con la excelencia y la ética profesional, ha sido la institución encargada de divulgar y promover el Decálogo del Abogado Venezolano. Este valioso documento, que ha servido de guía moral y profesional para miles de juristas en el país, fue publicado oficialmente por la Federación de Abogados de Venezuela el 22 de abril de 1957, y ha sido desde entonces un pilar en la formación deontológica del gremio. Su difusión se ha realizado a través de diversos medios, incluyendo publicaciones especializadas, eventos académicos y la propia plataforma institucional de la Federación, garantizando su acceso a todos los miembros de la comunidad jurídica. Aunque su texto original puede variar ligeramente en sus formulaciones a lo largo del tiempo, la esencia de sus principios se ha mantenido incólume, sirviendo como faro para generaciones de abogados.
A continuación, se desglosan los principios fundamentales que conforman este decálogo, los cuales, más allá de una mera enumeración, constituyen un verdadero código de conducta:
4.1. Los Diez Principios Fundamentales
- Estudia: El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día menos abogado. Este principio resalta la necesidad de la formación continua, la actualización permanente y la investigación jurídica. Un abogado que no estudia se rezaga y pierde la capacidad de ofrecer una asesoría y representación de calidad, comprometiendo así su función como auxiliar de justicia. La dinámica legislativa, la evolución de la jurisprudencia y los avances en la doctrina exigen una dedicación inquebrantable al estudio.
- Piensa: El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando. Este punto subraya la importancia del análisis crítico, la capacidad de razonamiento lógico y la formulación de estrategias. El abogado no es un mero repetidor de leyes, sino un intérprete y aplicador de las mismas, lo cual requiere una profunda reflexión sobre los hechos, las normas y las implicaciones de cada decisión.
- Trabaja: La abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la justicia. Este principio enfatiza la dedicación, el esfuerzo y la diligencia que exige la profesión. El trabajo constante y meticuloso es fundamental para la consecución de los objetivos del cliente y, por ende, para la contribución efectiva a la justicia. La inacción o la negligencia minan la confianza en el sistema jurídico.
- Lucha: Tu deber es luchar por el derecho; pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia. Este es quizás uno de los principios más trascendentales. Reconoce que el derecho es un medio para alcanzar la justicia, y no un fin en sí mismo. En situaciones donde la aplicación estricta de la ley pueda conducir a una injusticia material, el abogado tiene el deber ético de abogar por la solución más justa, incluso si ello implica desafiar interpretaciones convencionales.
- Sé leal: Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú le dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas. La lealtad es un pilar de la confianza, esencial en la relación abogado-cliente, en la interacción con la contraparte y en la relación con el poder judicial. La deslealtad no solo perjudica los intereses de las partes, sino que socava la credibilidad de todo el sistema.
- Tolera: Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya. La tolerancia es un valor fundamental en un sistema democrático y en el ejercicio del derecho. Implica respeto por las opiniones diversas, la capacidad de escuchar y de dialogar, y la aceptación de la pluralidad de enfoques. En el ámbito jurídico, la tolerancia es crucial para la construcción de consensos y la resolución pacífica de controversias.
- Ten paciencia: El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración. La justicia es un proceso que, por su naturaleza, requiere tiempo. La paciencia es una virtud indispensable para el abogado, quien debe comprender que los resultados no siempre son inmediatos y que la precipitación puede conducir a errores. La serenidad y la perseverancia son claves para el éxito y la eficacia en la defensa de los derechos.
- Ten fe: Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como el destino normal del derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia; y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni justicia, ni paz. La fe en los principios fundamentales del derecho es lo que sostiene al abogado en su labor. Esta fe no es ciega, sino un convencimiento profundo de que el derecho, a pesar de sus imperfecciones, es la mejor herramienta para organizar la sociedad y garantizar la dignidad humana.
- Olvida: La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Terminado el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota. Este principio es vital para la salud mental y la objetividad del abogado. La capacidad de dejar de lado las animosidades y las emociones negativas una vez concluido un caso permite al profesional mantener una perspectiva clara y abordar los desafíos futuros con serenidad y profesionalismo.
- Ama tu profesión: Considera la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor proponerle que sea abogado. Este último punto encapsula el amor y la pasión por la profesión. Un abogado que ama lo que hace no solo ejerce con mayor dedicación y compromiso, sino que también inspira a otros y contribuye a elevar el prestigio de la abogacía. Es un reflejo del orgullo por la función que se desempeña en la sociedad.
El Decálogo del Abogado Venezolano, divulgado por la Federación de Abogados el 22 de abril de 1957, no es solo un conjunto de máximas; es un compromiso diario con la excelencia y la ética, una guía para navegar las complejidades del ejercicio profesional y, en última instancia, una reafirmación del rol del abogado como auxiliar insustituible de la justicia. Su observancia no solo dignifica la profesión, sino que fortalece la confianza ciudadana en el sistema de justicia y contribuye al Estado de Derecho.
Marco Normativo Adicional
Es importante destacar que el ejercicio de la abogacía en Venezuela se rige no solo por los nobles principios de este Decálogo, sino también, y de manera fundamental, por la Ley de Abogados y su respectivo Reglamento, cuerpos normativos que establecen el marco legal completo para la profesión. De igual forma, el Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano complementa y profundiza las directrices morales y de conducta, asegurando un ejercicio íntegro y responsable, incluyendo los requisitos para su práctica, los derechos y deberes de los profesionales, la organización colegial y el régimen disciplinario.
5. La Responsabilidad Social del Abogado Venezolano
El abogado venezolano, en su rol de auxiliar de justicia, tiene una responsabilidad social que trasciende la mera relación contractual con su cliente. Esta responsabilidad se manifiesta en diversos aspectos:
- Promoción del Estado de Derecho: El abogado es un defensor activo de la constitucionalidad y la legalidad. Su labor contribuye a la consolidación de un sistema donde prevalece el imperio de la ley, garantizando la seguridad jurídica y la protección de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos. Al insistir en el debido proceso, en la independencia judicial y en la transparencia, el abogado fortalece las instituciones democráticas.
- Acceso a la Justicia: Un aspecto crucial del rol del abogado como auxiliar de justicia es garantizar el acceso a la misma para todos, sin distinción. Esto implica, en muchos casos, la prestación de servicios pro bono a quienes carecen de recursos económicos, la participación en programas de asistencia legal gratuita y la denuncia de cualquier obstáculo que impida a los ciudadanos ejercer sus derechos ante los tribunales. La justicia no puede ser un privilegio, sino un derecho universal.
- Mediación y Resolución Alternativa de Conflictos: En un mundo cada vez más complejo, el abogado no solo debe ser un litigante experto, sino también un hábil mediador. La promoción de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, como la mediación y el arbitraje, reduce la carga sobre los tribunales, fomenta la cultura de la paz y permite soluciones más eficientes y satisfactorias para las partes. El abogado, en este rol, actúa como un facilitador de acuerdos, buscando la armonía social.
- Formación de Nuevas Generaciones: Los abogados con experiencia tienen el deber de transmitir sus conocimientos y valores a las nuevas generaciones. Esto se logra a través de la docencia, la mentoría y la participación en programas de formación continua. La preparación de futuros profesionales comprometidos con la ética y la excelencia es fundamental para asegurar la continuidad y el fortalecimiento del rol del abogado como auxiliar de justicia.
- Crítica Constructiva al Sistema Judicial: Si bien el abogado debe ser leal al sistema judicial, también tiene el deber de señalar sus deficiencias y proponer mejoras. Esta crítica, siempre constructiva y basada en argumentos sólidos, contribuye a la depuración del sistema, a la erradicación de prácticas corruptas y a la modernización de la administración de justicia. El abogado es una voz crítica necesaria para la mejora continua.
6. Desafíos y Perspectivas Futuras
El abogado venezolano enfrenta un panorama dinámico y, en ocasiones, complejo. La globalización y los cambios socioeconómicos plantean nuevos desafíos y oportunidades. Para mantener su relevancia y seguir siendo un auxiliar eficaz de la justicia, el profesional del derecho debe:
- Especialización y Transdisciplinariedad: La complejidad del derecho moderno exige una mayor especialización en áreas específicas (derecho ambiental, derechos humanos, etc.), pero también una visión transdisciplinaria que permita comprender los problemas desde múltiples perspectivas y ofrecer soluciones integrales.
- Fortalecer la Ética y la Deontología: En un entorno donde la desconfianza y la polarización pueden ser recurrentes, la ética profesional se erige como un baluarte. El cumplimiento estricto del Decálogo y de los códigos de ética es fundamental para preservar la credibilidad de la profesión y la confianza pública en el sistema judicial.
- Participación Activa en la Vida Pública: Los abogados, por su formación y conocimiento del sistema jurídico, tienen un rol importante en el debate público sobre temas de relevancia nacional, la formulación de políticas públicas y la defensa de los derechos fundamentales. Su voz es indispensable para la construcción de una sociedad más justa y democrática.
6.1 La Protección contra la Criminalización del Ejercicio Profesional: Un Hito Jurisprudencial
En línea con la esencialidad de su rol y como baluarte de la independencia profesional, la jurisprudencia venezolana ha dado un paso fundamental en la protección del ejercicio de la abogacía. Así lo ha reafirmado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en su Sentencia N° 527 del 10 de abril de 2025, al establecer de manera clara que no se puede confundir al abogado defensor con su defendido.
Esta sentencia crucial subraya que criminalizar la profesión es inaceptable, desestimando la noción de que un abogado penal sea cómplice por el solo hecho de ejercer la defensa, o que un apoderado en un juicio civil sea socio de su cliente. El abogado no es parte del delito y solo puede ser responsable si se demuestra su participación directa, voluntaria y dolosa.
Este fallo enfatiza que la defensa técnica es un derecho humano fundamental, protegido por el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este sentido, criminalizar al abogado equivale a atacar la justicia misma, pues defender no es delinquir, sino un derecho y una garantía constitucional indispensable para el Estado de Derecho.
Epílogo
En definitiva, la figura del abogado venezolano es multifacética y vital. No es solo un técnico del derecho, sino un agente de cambio, un defensor de la justicia y un promotor de la paz social. Su compromiso con el Decálogo de la Federación de Abogados de Venezuela es la piedra angular sobre la cual se construye una profesión noble y al servicio de la sociedad. En tiempos de incertidumbre, la certeza jurídica y la justicia son faros indispensables, y el abogado es el encargado de mantenerlos encendidos.
«Donde hay un derecho, hay un abogado.»
Francesco Carnelutti
Dr. Crisanto Gregorio León