Precios de vehículos serán fijados según su estructura de costos

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La Superintendencia Nacional de Costos y Precios Justos (Sundecop) será la encargada de fijar los precios máximos de venta de los vehículos nuevos o usados, nacionales o importados, así como de sus repuestos, partes y accesorios, de acuerdo al Proyecto de Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Nuevos y Usados Nacionales o Importados, que la Asamblea Nacional (AN) sometió a segunda discusión este martes.

De esta manera, queda prohibida la comercialización de carros a un monto mayor al precio máximo fijado por el Ejecutivo Nacional, y el incumplimiento de esto conllevará sanciones, tal como precisa el artículo 4, aprobado por los diputados.

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¿Cómo se fijará el precio?

Para los vehículos nuevos, el precio se establecerá tomando en cuenta su estructura de costos, que incluye, entre otros aspectos: partes y piezas nacionales e importadas, equipos, mano de obra, rendimiento, gastos administrativos y rentabilidad, de acuerdo con el artículo 5, ya aprobado.

Si es importado, debe considerarse el precio de adquisición en el país de origen, los fletes, los costos aduanales, aranceles, gastos administrativos y rentabilidad.

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En el caso de los carros usados, se usará una fórmula técnica contenida en el artículo 6, pero el visto bueno a este apartado fue diferido para una próxima sesión del Parlamento. La propuesta precisa que el precio máximo para estos carros tomará en cuenta el año de ensamblaje o importación, las condiciones del vehículo, el kilometraje recorrido, la depreciación y el valor de reposición.

El diputado Elio Serrano, presidente de la Comisión de Administración y Servicios de la AN, instancia que presentó el proyecto de 35 artículos, indicó este martes que con la fijación del precio máximo de venta se busca acabar con la especulación y la usura, en particular por parte de las ensambladoras, que, pese a que reciben divisas al tipo de cambio oficial, colocan luego altos precios y limitan a la población la posibilidad de adquirir un auto.

El pasado 21 de marzo, el presidente Nicolás Maduro, resaltó que «el mercado de vehículos en el país tiene que sanearse», y consideró inaceptable que los vehículos nuevos, cuyas piezas son importadas con dólares de la República, tengan luego un precio superior al otros mercados de la región, o que un auto usado llegue a costar incluso más que uno nuevo.

Añadió que este fenómeno obedece a las mafias de vehículos y al capitalismo especulador. «Eso hay que regularlo, hay que controlarlo, hay que resolverlo, tengamos que hacer lo que sea, porque el mercado de vehículos tiene que sanearse y un vehículo tiene que tener el precio que le corresponde», puntualizó.

Transparencia

En total, los parlamentarios discutieron el martes hasta el artículo 14, y abarcaron tres capítulos (disposiciones generales, precios de los vehículos y obligaciones). De estos, difirieron los artículos 3 y 6, referidos a las definiciones y a la fórmula para calcular el precio de los carros usados, respectivamente.

Los diputados aprobaron disposiciones relacionadas con la transparencia en cuanto a las ventas y las llamadas listas de espera, y obliga a las comercializadoras a publicar mensualmente en su portal web y en un lugar visible dentro de sus instalaciones las mencionadas listas de quienes se han anotado para comprar los carros nuevos. Los datos de la persona y las características del carro estarán codificados.

Esta misma información debe remitirse dentro de los primeros cinco días de cada mes a la oficina regional del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis). La alteración fraudulenta de estas listas de espera será sancionada.

Del mismo modo, las comercializadoras tendrán que consignar mensualmente ante el Indepabis el listado de compradores, con el precio, la marca y modelo. Esta lista debe coincidir con el orden cronológico de las solicitudes en espera.

Asimismo, las ensambladoras e importadoras tienen que publicar cada mes en los periódicos y a diario en su portal web las características y cantidades de vehículos automotores entregados a las comercializadoras. De este modo, habría transparencia en la entrega de los carros nuevos.

La ley también obliga a las ensambladoras, importadoras y comercializadoras a garantizar el «suministro oportuno de los repuestos y autopartes necesarios para el funcionamiento de los vehículos» por un mínimo de diez años, según lo indica el artículo 13. En los puntos de servicio o venta de repuestos deben tener un sistema de información de precios y del inventario de artículos a nivel nacional.

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