#OPINIÓN Red de Instituciones Larenses: ¿Letra muerta? #2Jun

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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. ARTÍCULO 25:

  1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad…

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) escrita por representantes de todo el mundo, con el propósito de ser un ideal común para todos los pueblos y naciones, en su contenido establece los derechos fundamentales que deben preservarse.

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Desde su preámbulo, presenta las consideraciones que se toman en cuenta para su elaboración, mencionando: el reconocimiento de la dignidad intrínseca, los derechos iguales e inalienables, la promoción del desarrollo de las relaciones amistosas entre naciones, los derechos fundamentales del hombre, en los que se incluyen la dignidad y el valor de la persona humana y en igualdad de derechos de hombres y mujeres; y el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre.

Bajo estas consideraciones se proclamó la Declaración, como modelo ejemplar para todas las naciones, con el fin de que se promoviera, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades; y que se asegurara su reconocimiento y aplicación efectiva.

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

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Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad…

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión (…) Fuente: Wikipedia.org

¿Se cumple con lo expreso en la Declaración?

Desde el mismo acto fundacional de la “Red de Instituciones Larenses”, hemos venido alertando y aportando propuestas sobre la grave problemática que representa el pésimo suministro de agua potable que destruye nuestra calidad de vida, de manera “IN CRECENDO,” y que comienza con la inmensa devastación de las nacientes de agua dulce, el aumento incontrolable de la sedimentación, la escorrentía y, por consiguiente la disminución de los acuíferos como consecuencia directa de la tala y la quema de nuestras zonas montañosas que amenaza con acabar con la vida útil de la Represa “Ing. Feliz de los Ríos, conocida como Dos Cerritos” y demuele la posibilidad de construcción de embalses o represas como alternativas futuras.

Varios sectores de Barquisimeto se encuentran sin suministros del vital líquido, en un periodo donde la pandemia que azota la humanidad impone la asepsia continua, supuestamente, porque su turbidez persiste como resultado de la improvisación de no realizar el debido mantenimiento preventivo en los sistemas de suministro, y por no disponer de los insumos necesarios para potabilizar el agua. En Cabudare, el agua llega a los hogares, escasamente, una noche a la semana y en muchas oportunidades con una turbidez inaceptable.

Hemos alertado sobre la destrucción de los drenajes de aguas servidas puesto que, al no tener continuidad de uso, los desechos se van almacenando en las cloacas, taponean y colapsan al sistema.

Se ha creado un círculo vicioso con el pésimo suministro de energía eléctrica, pues además de dañar los artefactos electrodomésticos, maquinarias, y equipos; colapsar a la producción agropecuaria y ocasionar daños colaterales a los ciudadanos,también destruye los equipos ocasionando altos costos operacionales a la empresa responsable del desastre.

Maximiliano Pérez Apóstol

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