#EntrevistaDominical Doctora Crismary Álvarez: Demandamos  para que los alcaldes tengan el instrumento de planificación de ciudades #24Jun

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Existe realmente una preocupación por el desarrollo y la transformación de Barquisimeto, expresada en dos acciones intentadas ante el Tribunal Supremo de Justicia para que la ciudad tenga un instrumento que permita planificar la capital larense.

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Al respecto, El Impulso entrevistó a la doctora Crismary Álvarez, quien junto a otros profesionales del Derecho se han involucrado en este asunto, que amerita la atención no sólo de nuestra sociedad, sino de todo el país. Porque por una parte, son muy pocas las ciudades que cuentan con un mecanismo para su planificación y, por la otra,  la dinámica de Venezuela requiere de un gran esfuerzo para que podamos vivir mejor.

Aclara la doctora Álvarez que la demanda que ha sido intentada no tiene la intención de crear conflictos, sino por el contrario,  sin que lo hayan pedido los alcaldes, darles a éstos una herramienta de trabajo  para que sus gestiones sean eficientes y,  por supuesto, las ciudades crezcan ordenadamente.

Aún más, dinamizar la política de servicios e involucrar a la sociedad para que las ciudades puedan avanzar hacia el futuro.

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Demandas 

La preocupación ha surgido de profesionales del Derecho que sienten a Barquisimeto,  como lo expresa la doctora Crismary Álvarez.

La primera demanda fue efectuada por el doctor Alexis Viera Brandt en el 2016 y la segunda por el equipo conformado por los doctores Emilio Urbina, Amado Carrillo y Crismary Álvarez  en el  2019.

En la primera ocasión, explica la doctora Álvarez,  el doctor Viera Brandt demandó por la omisión legislativa en vista de que el Concejo Municipal de Iribarren dejó derogar el PDUL y  su ordenanza.  En ese momento la Sala acordó una medida cautelar contractiva, pero como toda medida cautelar  su carácter es provisional. Todo indicaba que debían comenzar los preparativos para un nuevo PDUL.

En vista de que eso no ha pasado, el equipo integrado por los doctores Emilio Urbina, Amado Carrillo y mi persona intentamos una acción en el 2019, que fue una demanda por  control de la convencionalidad.

Derecho a planificar

¿Qué significa eso?

Estamos solicitando a la Sala que sea tutelado por vía de control de la convencionalidad nuestro derecho a imputar una planificación urbana estable.

¿Cuáles serían los argumentos de esa acción?

Dentro del Derecho Interno no existe como tal una obligación  jurídica de los alcaldes a elaborar un Plan de Desarrollo Urbano Local. El objeto de esta demanda es darle una herramienta jurídica a todos los alcaldes para que puedan iniciar el plan.

¿Cuál es la fundamentación?

Ya que no hay en el Derecho Interno, pero existe en el sistema internacional de las Naciones Unidas unas cartas globales, que protegen los derechos fundamentales, nosotros tenemos como objetivo con esta demanda:  proteger los derechos difusos y colectivos que trae consigo el derecho a la ciudad y su manifestación como derecho a la planificación urbanizada estable.

Esto además de ser un concepto polémico e hipotético a lo largo de cinco décadas, el derecho a la ciudad debe entenderse como un conjunto de derechos que reflejan un proyecto común por construir unas leyes universales que incorporen a las ciudades como hábitat, que se caractericen por el acceso del usufructo cualitativo de sus recursos. Y de cierta manera tenemos que mencionar que estos beneficios comienzan precisamente por facilitar a cada ciudadano instrumentos de protección como un plan de desarrollo urbano local, que no existe actualmente, no obstante haber sido Barquisimeto  la primera ciudad que aprobó mediante la Constitución de 1999 un PDUL. Y también es la primera en la cual se derogó dicho Plan y no se comenzaron los preparativos para la elaboración de uno nuevo.

Evitar el crecimiento desordenado

-¿Qué se espera de una planificación urbana estable?

-La ciudad debe ser bien planificada para que no se produzca un crecimiento desordenado. No sólo se debe pensar en la forma de distribución urbana y las opciones, bienes y servicios públicos. Tienen que ser incluidos temas de productividad, de actividad económica, culturales, educativos y todo lo que tenga que ver con la facilitación de ampliación  del mejor ambiente para los ciudadanos. Sobre todo yo hago énfasis en que las zonas pobladas o que serán habitadas tengan la garantía del suministro mínimo de servicios eficientes.

Escasa planificación

¿Cuántas ciudades cuentan con planes de desarrollo urbano?

-Apenas hay 16 ciudades en los 335 municipios del país que tienen sus planes desarrollados y aprobados.

-¿A qué se debe que sean tan pocos?

-A una profunda deuda política y gubernamental. Lo primero que debe hacer un candidato a la alcaldía es presentar a los ciudadanos un diagnóstico de cómo está la ciudad y cómo la va a dejar en su gestión. Sin embargo, eso no se hace. Tampoco los ciudadanos lo exigen. Prácticamente se están llevando a cabo políticas públicas improvisadas, que no permiten que haya una continuidad, una verificación y una implementación de un proyecto de ciudad.

-¿Cuál es la ciudad que tiene el mejor plan?

El último que se elaboró fue el de Palavecino y es un PDUL  que nada tiene que envidiarle a cualquier plan internacional.  Cumple con todas las normativas. Perfectamente puede concursar en cualquier proyecto, pero lo lamentable es que no se está cumpliendo porque las gestiones no le han dado continuidad y seguimiento. Pero, ese ha sido un instrumento que perfectamente puede concursar en cualquier programa de financiamiento internacional.

Participación

¿Puede la ciudadanía participar en un PDUL?

No es que puede, es que está negada. En un proyecto de esta naturaleza participa la sociedad civil a través de las organizaciones intermedias: cámaras del sector empresarial, colegios de profesionales, gremios y, por supuesto, la academia venezolana. Es necesario que todos los actores de la sociedad se involucren en la elaboración del plan, porque es definir las reglas del juego, definir la actividad social, política y económica en una ciudad.

¿En el que se hizo en Barquisimeto participaron algunas de esas organizaciones?

-En su momento, en el año 2003. Cuando entró en vigencia, supongo que sí, porque hay  un acuerdo que se hace donde participan todos los actores sociales. Desde ese año no se hace una jornada en la cual están invitados todos los actores, por lo menos en Iribarren, para hablar del tema del PDUL. A este Plan no se le da la importancia que corresponde. No es un tema de agenda del concejo municipal, ni tampoco del alcalde, cuando debería ser el punto de partida de una gestión pública efectiva.

En promedio, ¿Cuántos años debe tener en vigencia un plan de ese tipo?

Generalmente se planifica a diez años. Se le van haciendo verificaciones para que después de ese tiempo se pueda avanzar, dependiendo del crecimiento de la ciudad y de las nuevas prioridades que se puedan adaptar a un nuevo instrumento.

Hacia la ciudad inteligente

¿Se pueden planificar aspectos diferentes a los existentes, como por ejemplo distintas al comercio y a la actividad industrial de Barquisimeto?

– Claro que sí. La idea de esos planes es manejar dos realidades: las propias de la ciudad,  trabajar con la expansión de ellas y sus potencialidades, pero también adaptando la ciudad  a la nueva agenda global. Todo PDUL viene siendo dos proyectos que generan desarrollo. Debe contemplar parámetros de las cartas internacionales. Hoy en día tenemos la agenda 2.030, que es la agenda de las Naciones Unidas para poder atacar los problemas globales  que como sociedad nos están afectando. Allí se deben contemplar  los 16 objetivos de desarrollo sostenible, porque ya se habla de ciudades inteligentes y sostenibles. Es una nueva realidad que debemos incorporar. ¿Cuál es la función de un PDUL? Planificar una ciudad contemplando sus potencialidades, pero también la agenda global.

¿Cómo se explica este concepto de ciudades inteligentes?

Así como en un momento se abrió el paradigma industrial y, últimamente,  el de la comunicación, información y datos  a través de las redes; las ciudades van evolucionando. Hoy en día hablamos de las ciudades inteligentes como una idea a futuro, como un concepto que está de moda, cuando realmente ya estamos transitando en los parámetros de una ciudad digital.  Ésta tiene que ver con la incorporación del aditivo tecnológico en la actividad que realizamos a diario. A raíz de las consecuencias que trajo consigo la enfermedad COVID, esta propuesta ha cobrado mucha fuerza porque ya hablamos de mercado del trabajo electrónico, de educación a distancia, de digitalización de la salud y, en fin, de la tecnología que utilizamos todos los días. ¿Cómo nosotros, en Venezuela, podemos avanzar hacia los nuevos paradigmas, hacia las nuevas tendencias, que se están abordando en el mundo, cuando ni siquiera tenemos garantizado derechos fundamentales como el acceso a Internet o un servicio de energía eléctrica estable? Es por ahí donde debemos comenzar. ¿Cómo podemos tener servicios públicos que nos conecten con el mundo? Que nos permitan autogestionar nuestra vida y poder desarrollar nuestros proyectos personales. Entonces, en lo que concierne a Barquisimeto, la ciudad no tiene en los momentos un proyecto de planificación. Sin embargo, tenemos una excelente oportunidad para comenzar a debatir el PDUL e ir incorporando todas estas temáticas. La demanda que introducimos en el Tribunal Supremo de Justicia se hace con la intención de facilitar una herramienta jurídica. No para crear conflictos o para la contienda sin propuestas, no. Al contrario, proporcionarle una herramienta a los alcaldes, para que ellos puedan tomar iniciativas y presentar una agenda de trabajo para la planificación de las ciudades.

-¿Cuánto tiempo se requiere para elaborar un nuevo PDUL?

-Se puede llevar de dos a cuatro años, dependiendo de  la disponibilidad, de los recursos, de la agenda de trabajo, de los diagnósticos que se vayan haciendo. Pero, para las ciudades nunca es tarde. Si no comenzamos ahora, ese tiempo se va a prolongar. Lo importante es comenzar, por lo menos con una agenda de trabajo  y la designación de funciones.

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