Introducen amparo ante TSJ en el exilio exigiendo declarar nulo por inconstitucional eliminación del Gobierno Interino #3Feb

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La nulidad del acto legislativo del pasado 30 de diciembre de 2022 donde el Parlamento electo en 2015 votó por la eliminación del Gobierno interino, lo cual en opinión de los voceros significó una ruptura del hilo constitucional., exigen los directivos de la Asamblea Nacional de Trabajadores interpusieron un recurso de amparo ante el Tribunal Supremo de Justicia Legitimo.

Asimismo en conversaciones con el ente judicial están preparando escritos pidiendo la investigación de casos de corrupción, por ejemplo Monómeros, y el esclarecimiento de las formas en que se manejaron los recursos de la presidencia encargada liderada en su momento por Juan Guaidó.

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Mario de Nigris, integrante de la organización laboral, afirmó como este recurso de amparo no tiene como objetivo colocar a Guaidó de nuevo al frente del Gobierno Interino, sino exhortar a la Asamblea Nacional (AN 2015) a que designe un Presidente encargado así restableciéndose el hilo constitucional.

“Entre las exigencias al TSJ está la nulidad del acto donde se reformó la ley de Reforma del Estatuto de la Transición a la Democracia, echar para atrás todo tipo de nombramiento realizado por la ilegítima directiva del parlamento y el iniciar investigación contra todos los diputados que votaron a favor de este hecho inconstitucional”, precisó.

Mientras que Luis Tabata, dirigente sindical y abogado, explicó que la reforma del estatuto de transición, el cual fue creado ante la usurpación del poder ejecutada por Nicolás Maduro, está siendo violentado porque ahora la AN 2015 quiere imponerse como poder omnímodo.

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“Hoy Venezuela se encuentra sin un presidente de la república, sea electo pero ante la presencia de una dictadura entra la figura como lo reza este estatuto la figura de encargado. En virtud que en el país se sufre una dictadura. No entendemos como hoy no tenemos Poder Ejecutivo ni representación nacional o internacional, por eso el TSJ como órgano legítimo debe decidir sobre este aberrante hecho”, aseguró.

Además de los voceros entre los propulsores del amparo destacan reconocidos líderes gremiales y sindicales como Iván Ramón Freites, José Gregorio Villanzana, Douglas rodríguez, Degrain José Marichales, Yarudid Elenia González y Hugo Valera.

Concluyeron exhortando a la Sala Constitucional del máximo tribunal a pronunciarse y hacer valer la Constitución, asimismo llamaron a los diputados que votaron contra este incondicional acto dirigirse igualmente al TSJ para sumarse al amparo y exigir respuestas.

Lista de exigencias enmarcadas en el amparo:

  • Que ese Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, declare la NULIDAD del inconstitucional Acto Legislativo de la Asamblea Nacional, República Bolivariana de Venezuela, que sanciona y promulga la LEY DE REFORMA DEL ESTATUTO DE LA TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA PARA RESTABLECER LA VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de fecha 30 de Diciembre de 2022, publicada en Gaceta Legislativa de la Asamblea Nacional, República Bolivariana de Venezuela, Nro. 66, de fecha 03 de Enero de 2023.
  1. Que ese Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional declare, la nulidad de todos los actos y nombramiento de representantes de la República Bolivariana de Venezuela, cumplidos en ejecución de la LEY DE REFORMA DEL ESTATUTO DE LA TRANSICIÓN A LA DEMOCRACIA PARA RESTABLECER LA VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de fecha 30 de Diciembre de 2022, publicada en Gaceta Legislativa de la Asamblea Nacional, República Bolivariana de Venezuela, Nro. 66, de fecha 03 de Enero de 2023.
  2. Que ese Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, declare, el Desacato a las sentencias de la Sala Plena de este máximo Tribunal de la República Bolivariana de Venezuela, de fecha 15 de Agosto de 2018, alfanumérico SP-2018-0001, Sala Constitucional de fecha 03 de mayo de 2022, signada con el alfanumérico SC-2022-0002 y Sala Electoral, de fecha 15 de diciembre de 2021
  3. Que ese Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, declare, a tenor de lo establecido en el artículo 336, numeral 7, la omisión legislativa de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, a fin de llenar el vacío institucional en el Poder Ejecutivo, por disposición de los Artículos 233, 333 y 350 de la CRBV, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, restablezca la situación Jurídica infringida y nombre una Directiva Ad-hoc
  4. Que ese Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, notifique a la Fiscalía General de la República, a los efectos de que apertura la investigación correspondiente en la actuación de los Diputados que votaron a favor el Acto Legislativo inconstitucional
  5. Que ese Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, notifique a Asamblea Nacional, República Bolivariana de Venezuela, a la comunidad internacional, incluidos gobiernos extranjeros, el Secretario General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), el Secretario de la Organización de Estados Americanos (OEA), ETC.. Los Organismo Nacional e Internacionales, de su decisión.

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