En segunda discusión: AN aprobó Ley para el Control de Servicios Funerarios

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La Cámara Plena de la Asamblea Nacional (AN) aprobó en segunda discusión el Proyecto de Ley para la Regulación y Control de la Prestación del Servicio Funerario y Cementerio, el cual consta de 62 artículos, seis disposiciones transitorias y dos disposiciones finales. La normativa fue remitida a la Comisión Permanente Administración y Servicios para la elaboración de su informe definitivo.

Dicho instrumento legal tiene por objeto regular y controlar las actividades y condiciones de funcionamiento de funerarias y cementerios, además de la protección de los derechos de usuarios, así como la aplicación de las normas sanitarias, ambientales y civiles relacionadas con esos servicios.

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Lo establecido en el referido proyecto de ley será aplicable, en todo el territorio nacional, a las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, dedicadas a la prestación de los servicios funerarios y cementerios. Además, la norma legal se rige por los principios de solidaridad, justicia social, dignidad, progresividad, igualdad, eficiencia, calidad, seguridad, transparencia, confiabilidad, corresponsabilidad, proporcionalidad, justa competencia, confidencialidad y las demás consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Es de obligatorio cumplimiento su respectiva inscripción en el registro civil. En consecuencia, se declara de interés público general y social, toda la materia relacionada con el servicio funerario.

 

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Obligaciones

Los prestadores de servicios funerarios están obligados a informar detalladamente a los contratantes sobre los servicios que ofrecen y los componentes que lo integran; informar sobre la manipulación, traslado y tratamiento del cadáver; proporcionar los precios sobre todos los servicios funerarios y publicar en un lugar visible del local funerario la lista de precios.

El incumplimiento de algunas de esas obligaciones será sancionada con la aplicación de multas entre 100 y 200 Unidades tributarias.

 

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