Vigente ley que prohíbe a empresas discriminar a personas con VIH

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La exclusión y discriminación de las personas con VIH-Sida está legalmente prohibida en Venezuela desde el pasado 30 de diciembre, cuando fue promulgada la Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las Personas con VIH o Sida y sus Familiares.

De acuerdo con la disposición publicada en la Gaceta N. 40.571, se establecen responsabilidades civiles, disciplinarias y penales, así como multas, a aquellas naturales o jurídicas que incurran en la violación de alguno de los artículos de esta ley.

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En su artículo 17, el instrumento legal establece claramente que «se prohíbe exigir un diagnóstico de VIH como requisito de ingreso o permanencia de personas en las instituciones educativas, culturales, deportivas y recreativas, así como programas y actividades de educación, formación y capacitación».

En el artículo 24 también se prohíbe exigir el examen de VIH como requisito de ingreso a un puesto de trabajo. «No podrá considerarse la condición de persona con VIH como impedimento para contratar ni como causal para la terminación de la relación laboral», reza el texto.

El presidente de la Organización StopVIH, Jhonatan Rodríguez, calificó esta ley como una buena noticia.
“Este es un avance significativo, ahora el gran reto es su aplicación justa y las ONG estaremos vigilantes de su cumplimiento”, afirmó.

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Rodríguez consideró que la ley es innovadora. Celebró aspectos como la inamovilidad laboral.
«Es muy importante que la normativa tipifique también cada falta y establece las responsabilidades administrativas, civiles, penales y pecuniarias”.

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