Prohibidas reuniones públicas y el derecho a la manifestación

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A través del decreto presidencial número 1.489 publicado en la Gaceta Oficial 40.740, el Gobierno nacional oficializó el estado de excepción en los municipios Indígena Bolivariano Guajira, Mara y Almirante Padilla del estado Zulia.

El texto precisa que la decisión es tomada ya que  se ha presentado de modo sistemático, inédito sobrevenido y progresivo una amenaza compleja al pleno goce de los derechos de los habitantes de la República.

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Asimismo indican que a las referidas prácticas delictivas se han sumado los atentados cometidos contra la moneda venezolana y «contra los bienes adquiridos con divisas de nuestro pueblo, así como el tráfico ilícito de mercancías producidas o importadas por Venezuela afectando gravemente la vida económica de la nación».

Entre las restricciones establecidas en el estado de excepción se encuentran la prohibición de reuniones públicas sin autorización, así como el derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas.

Precisan además que el Ministerio del Comercio, conjuntamente con los ministerios con competencias en materia de alimentación, agricultura y tierras y salud, podrán establecer normativas especiales para la disposición, traslado, comercialización, distribución, almacenamiento o producción de bienes esenciales o de primera necesidad o regulaciones para su racionamiento; así como restringir o prohibir temporalmente el ejercicio de determinadas actividades comerciales.

Por otra parte, los ministerios de Relaciones Interiores, Justicia y Paz y Defensa ordenaron al Comando Estratégico Operacional girar las instrucciones pertinentes para restringir el desplazamiento terrestre, aéreo y marítimo en los municipios Guajira, Mara y Almirante Padilla. El decreto tendrá una duración de 60 días, contados a partir de este 8 de septiembre y el mismo puede ser prorrogado por 60 días más tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

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