Central ASI Venezuela: Proponen la aprobación inmediata de una Ley de Emergencia Laboral #18Ago

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Una Ley de Emergencia Laboral, que plantea un piso mínimo de protección social que permitiría a los trabajadores el acceso a un conjunto de bienes y servicios y además aseguraría un ingreso suficiente, propuso la Central ASI Venezuela.

Aspiran a que este instrumento saque a los trabajadores del umbral de pobreza por ingresos, piso que requiere de la reactivación del aparato productivo, la seguridad jurídica y gobernanza, que permita inversiones, generación de empleos formales, así como políticas públicas que regulen y den paso al tránsito de la economía informal a la formal, es decir, conquistar trabajo decente, crecimiento y desarrollo sostenible”.

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La información la dio a conocer la presidenta de la organización gremial, Leída Marcela León, quien señala que desde ASI Venezuela, “consideramos que el salario, se ha convertido en un proceso que encarna dolor e incertidumbre, lo cual hace necesario y urgente un ingreso real y suficiente, para poder cubrir el sustento familiar.

La falta de un ingreso digno, ha aumentado las desigualdades, por ello, un salario digno, real y suficiente es una deuda impostergable para con la clase trabajadora venezolana”.

Explicó que “nuestra propuesta ha valorado indicadores y variables como fuerza de trabajo, empleo y desempleo, PIB, INPC, Hiperinflación; crecimiento económico, producción petrolera, ingreso fiscal, bloqueo, sanciones, reconversiones, COVID-19; vacunación entre otros.

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La propuesta de Ley de Emergencia Laboral contiene lo siguientes puntos:

– Salarización de todos los Bonos (legales, contractuales y de patria).

– Salarización de la Cesta Ticket.

– Un salario progresivo con aumentos intermensuales, iniciando con un porcentaje del 200% del salario mínimo con aumentos intermensuales del 100% cada mes..

– Estos aumentos intermensuales deben aplicarse de manera lineal a todos los tabuladores contractuales.

– Una Subvención Extraordinaria Trimestral o Salario Social Trimestral, sin incidencia salarial: Consiste en un pago equivalente a dos (2) salarios mínimos cada trimestre, para luchar contra la hiperinflación y la brecha del poder adquisitivo del salario.

– Compensación Digital, sin incidencia salarial, del 15% del salario mínimo..

– Compensación por Bioseguridad: En dotación o en dinero de curso legal, sin incidencia salarial. 20% del salario Mínimo.

.- Compensación por Suspensión, sin incidencia salarial, de acuerdo a la siguiente escala: suspensión de 1 a 3 meses: 2 salarios mínimos; de 3 a 6 meses: 3 salarios mínimos; de 6 a 9 meses: 4 salarios mínimos; de 9 a 12 meses: 5 salarios mínimos; y superior a 12 meses: 6 salarios mínimos.

– Facilitar la Creación de economatos, cooperativas o comisariatos de consumo, alimentos, bienes y servicios de primera necesidad y Farmacias sociales, administrados por las organizaciones sindicales..

– Incluir un artículo en la ley sobre la igualdad de remuneración: para evitar la diferencia entre salarios de hombres y de mujeres y las brechas.

– Políticas de Compensación: tales como: Beneficios sociales; Estímulos e incentivos; oportunidades de Crecimiento profesional; Garantías de empleo: estabilidad..

– Retribuciones y/o compensaciones flexibles: Seguros de accidentes; Cursos de Formación en la economía del cuidado, en la economía de plataformas y en energías renovables; Ticket de transporte; Ticket de guardería; Cesión de vehículo; Seguro de ahorro vinculado a la jubilación; Sistemas de Formación e Inserción Laboral en Empleos Sostenibles; Elaboración de Diseños Curriculares de empleos verdes..

– La Creación e instalación de la Comisión y/o Consejo Tripartito Nacional de salarios, como instancia de revisión de salarios en tiempos de emergencia, de manera semestral y anual. .

– Compensación para el sector no dependiente de la economía informal y emprendedores: 2 primeros meses 70% del salario mínimo; tercero y cuarto mes 60% ; quinto y sexto mes 50% y del séptimo al doceavo mes 40% del salario mínimo.

– Para resistir la emergencia sanitaria y económica, proponemos para los Trabajadores activos del sector formal de la Economía (público y privado); trabajadores jubilados y pensionados; y los trabajadores autónomos, no dependientes o por cuenta propia, .

– Un Ingreso Vital de Emergencia o Ingreso Familiar de Emergencia, equivalente a 50 euros mensuales por el lapso de 1 año, prorrogable.

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