TSJ limita derecho de exigir información

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La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso de abstención interpuesto por organizaciones de derechos humanos contra la exministra de Salud, Eugenia Sader, por negarse a dar respuestas sobre el almacenamiento de medicinas en el país.

Dio la razón a la funcionaria al restringir la información pública, por considerar que las peticiones fueron abusivas ya que obligarían al Ministerio a destinar tiempo y recurso humano a la actividad de «dar explicaciones».

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La sentencia, tomada bajo la ponencia del magistrado Emiro García Rosas, viene con 14 meses de retraso. Espacio Público, Acción Solidaria, Transparencia Venezuela y Provea consignaron este recurso en mayo de 2013, al demandar a Sader por la violación de los derechos constitucionales a la petición, a ser informados por la administración pública y a la libertad de expresión y comunicación, presuntamente cometidas al no responder a petitorios formulados por esas organizaciones en tres oportunidades.

Estas requirieron información sobre las medidas aplicadas o por aplicar, la planificación, almacenamiento, control, supervisión y distribución de los medicamentos a ser adquiridos por el Estado, lo que era competencia de Sader.
Al respecto, la Sala del TSJ ignoró la obligación de las instituciones públicas a ofrecer información y el derecho de los ciudadanos a hacer contraloría sobre la administración pública.

«Si bien toda persona tiene derecho a dirigir peticiones a los organismos públicos y a recibir respuesta de estas -señala la sentencia-, no obstante el ejercicio de ese derecho no puede ser abusivo», respondió el TSJ.

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