Ejecutivo exonera del IVA a ventas de bienes muebles

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A través del decreto presidencial número 2.448 el cual fue publicado en la Gaceta Oficial número 40.980, el poder ejecutivo nacional tomó la decisión de exonerar el pago del Impuesto del Valor Agregado (IVA), a las ventas de bienes muebles corporales y algunas prestaciones de servicios, efectuadas a los órganos o empresas del Estado que se dediquen exclusivamente a las actividades de administración, diseño, construcción e instalación (…) de sistemas de transporte masivo de pasajeros por vía exclusiva.

El decreto también precisa la exoneración del IVA a todas las importaciones de bienes muebles corporales que realicen las empresas referidas anteriormente.

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En el artículo segundo del decreto, también se exonera la tasa de determinación del régimen aduanero, a las importaciones efectuadas por órganos o empresas del Estado que se dediquen exclusivamente al funcionamiento o expansión del Sistema de Transporte Masivo Público subterráneo y sus extensiones.

La resolución igualmente especifica que los órganos o empresas del Estado deberán presentar ante la Gerencia Regional de Tributos Internos del Seniat de su domicilio fiscal, una relación trimestral de las operaciones que hubieren sido objeto de la exoneración prevista en este decreto.

Finalmente el ejecutivo aclara que quedan encargados de la ejecución del decreto el ministerio de Banca y Finanzas, en coordinación con el ministerio para Transporte y Obras Públicas.

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