José Vicente Carrasquero: Sólo si declaran falta temporal podría tomar posesión después del 10 de enero

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El abogado y analista político José Vicente Carrasquero calificó como una aberración que se pretenda extender el período constitucional y se ratifique automáticamente al tren ministerial si el presidente de la República no puede tomar posesión de su cargo el próximo 10 de enero, tal como lo establece la Carta Magna.

El jurista afirmó que, suceda lo que suceda con la salud del jefe de Estado, es el presidente de la Asamblea Nacional y no el vicepresidente ejecutivo el que debe tomar el cargo si Hugo Chávez no se presenta a la cita constitucional.

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“Hay que evitar a toda costa esta idea que está rodando por ahí, y que se deriva de unas declaraciones de la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, sobre una especie de prolongación o continuidad administrativa de este mandato, ante la cual los ministros actuales serían ratificados de forma automática al igual que el vicepresidente, lo cual permitiría que éste fuese el presidente encargado. Esto entraría en una aberración, rompiendo lo que es el conducto del período constitucional, que empieza el 10 enero de un año y termina la misma fecha seis años después. Eso está claramente establecido en la Constitución, por lo tanto la continuidad administrativa no tiene sentido”, manifestó este miércoles Carrasquero en declaraciones a Globovisión.

De acuerdo con la visión del jurista, una vez que el representante del Parlamento nacional asuma el papel que le otorga la Carta Magna, de acuerdo con el artículo 230, entonces es cuando se impone la comisión de una junta médica para que determine si el presidente electo estará en condiciones de asumir eventualmente su cargo, y bajo estas condiciones es como esta prevista posibilidad de que pueda hacerlo posterior al 10 de enero, resaltó Carrasquero.

“Que determine si el estado de salud del presidente va a mejorar”, señaló, sin embargo consideró que aquí es cuando se presentaría una especie de vacío o ambigüedad en el texto constitucional.

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“Por ejemplo, ¿cuánto tiempo se le daría al presidente, 90 días, como si fuese una falta temporal? Ese es el tipo de cosas que habría que estudiar, en lo cual el TSJ debería tener una opinión más allá de si la fecha del 10 de enero está en discusión o no, ya que ese no es el problema. Lo que no debe pasar es que se empiece a jugar con su enfermedad para ir estirando una situación que traería inestabilidad política en el país con consecuencias económicas muy graves”, expresó Carrasquero.

 

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