#OPINIÓN Contrataciones públicas transparentes #6Sep

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Sigo de cerca la política activa, con legítima preocupación ciudadana que no admite indiferencias, pero la docencia es mi trabajo principal en estos años. Desde la cátedra me dedico a fortalecer capacidades, despertar inquietudes, contribuir a colocar en la agenda pública temas de importancia presente y futura en nuestra realidad, en el espíritu de promover en legisladores nacionales, estadales y municipales, así como en gobernantes locales, principios y prácticas que aseguren transparencia, ética y eficiencia en la gestión pública cuya razón de ser es el servicio al bien común. Bien común, prescripción de la razón que a fin de cuentas es el fin común, el propósito por el cual las personas se reúnen en sociedad, lo que en su “Alegoría” pintara en el siglo XIV Ambrogio Lorenzetti en el Palacio Público de Siena, alegoría del Buen Gobierno con sus virtudes y para que nunca lo olvidemos, también del Mal Gobierno con sus nefastas consecuencias sociales.

La transparencia, consustancial a un gobierno responsable ante sus mandantes es, junto a la eficiencia y la competencia libre, parte del trío principista de un sistema de compras públicas. En ellas está la clave. El tema de las adquisiciones y contrataciones públicas no es coyuntural ni atiende a una “moda” legislativa o gerencial pública. Se trata de un problema real, así que la preocupación es tan vieja como justificada, primero con un sentido finalista: garantizar a los ciudadanos mejores bienes y servicios públicos al menor costo y con la mayor eficiencia y no por adjetivo menos importante, por ser potencialmente propicio para oportunidades de corrupción.

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La procura de soluciones al problema se viene generalizando cada vez más, con la ayuda que las tecnologías de información y comunicación pueden ofrecer en la ejecución exitosa de marcos legislativos que tomen todas las previsiones necesarias sin convertirse en factores de innecesaria lentitud que demoren respuestas al punto de hacerlas ineficaces.

Cada realidad nacional tiene su especificidad, pero los objetivos son ciertamente comunes: dar a los ciudadanos mejores bienes y servicios públicos al menor costo con la máxima eficacia mediante procedimientos que eviten la corrupción o la detecten y permitan oportunamente su control y sanción.

En Estados Unidos se organizó en 1995 la GSA Advantage, servicio de compras federales en línea. Legislación posterior que extiende esa posibilidad a gobiernos estadales y locales, sustenta un servicio con fines de transparencia y eficiencia.

En Europa, las normativas de compras y contrataciones públicas deben estar en consonancia con las pautas de la Unión. La tendencia es a compras públicas sostenibles al contemplar factores ambientales, sociales y económicos y los beneficios sociales y medioambientales.

La Ley de Contratación Pública del Reino Unido regula un amplio ámbito que representa alrededor de un tercio de todo el gasto público británico. En sus objetivos: tomar en cuenta la importancia de proporcionalidad calidad-precio, la maximización del beneficio público y la integridad; la igualdad en el trato a los proveedores con las salvedades que circunstancias específicas justifiquen, evitando desventajas o ventajas injustas; así como considerar las barreras de participación a enfrentar por empresas pequeñas y medianas y analizar si pueden ser removidas o reducidas.

La legislación de 1997 en Singapur con desarrollos a partir de 2014, enfatiza transparencia, relación calidad-precio, competencia abierta y justa, solidez financiera y garantía ofrecida por la casa matriz. Más cerca, cabe destacar progresos interesantes como el sistema ChileCompra establecido en 2003 y el portal PANAMACOMPRA de la Dirección General de Contrataciones Públicas de la nación del istmeña. En el blog de la CAF y en estudios publicados por el BID puede verse el estado de la cuestión en América Latina.

Entre nosotros, incumbe al Poder Legislativo, en el período a iniciarse en enero de 2026, evaluar el cumplimiento de la ley de 2014, de la Providencia Administrativa de mayo de 2016 y la incidencia que prácticas, legislación y otras normas posteriores han tenido en la discrecionalidad gubernamental en la materia y sus consecuencias en desenvolvimiento de la vida nacional, siempre con el ánimo constructivo de corregir, mejorar, perfeccionar lo necesario y contemplar lo imprevisto.

Para la Cátedra Libre Andrés Bello de Ética Cívica en la Legislación y la Administración Local es un verdadero honor publicar Compras Públicas y Buena Gobernanza: innovación y transparencia en la gestión pública coordinada por los jóvenes investigadores Jaiber Núñez Urdaneta, Roselis Díaz De Freitas y Anselmo Coelho Hernández, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UCAB. Impreso se presentará en noviembre, pero en digital ya está disponible gratis en www.eticacivica-ab.com.

Ramón Guillermo Aveledo

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