Decreto de emergencia necesita interpretación jurídica

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El Foro de la Verdad, cuyo coordinador es el Dr. Jorge Eliécer Rondón, considera que frente al control político y constitucional que existe en torno al decreto de emergencia económica del Ejecutivo Nacional, es necesario que haya una interpretación jurídica por parte del Tribunal Supremo de Justicia.

El ex fiscal superior del estado Lara, en rueda de prensa, declaró que en su criterio el control político (Asamblea Nacional) no es obligatorio, porque el mencionado decreto tiene como finalidad, proteger la economía del país.

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La gravedad de la situación hace que el Ejecutivo Nacional tome medidas dentro de las facultades que le confiere la Constitución al Presidente de la República.

Sin embargo, no son suficientes.

Como la Asamblea Nacional ha rechazado el decreto, se precisa entonces que el Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala Constitucional, haga una interpretación jurídica al decreto en cuestión.

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-¿Quién podría solicitar ese recurso de interpretación?-se le preguntó.

-El Presidente de la República mediante la Procuraduría, o cualquier ciudadano preocupado por la emergencia económica que afecta al país.

El Dr. Rondón dijo que aunque existe una norma para los estados de excepción, todo no está escrito en los textos legales sobre los hechos fácticos.

Es por ello que se necesita la interpretación del decreto.

Por otra parte, manifestó que no hace falta una ley de propiedad para los beneficiarios de la Gran Misión Vivienda porque desde el año 2011 con la ley de Registro Público y Notariado, se favorece a las personas que obtienen una vivienda de parte del Estado.

Aún más, el Régimen de Propiedad de la Gran Vivienda Venezuela contiene en su articulado todo el proceso para la protección de la familia beneficiaria de ese programa.

Lo que se busca es que no sea una persona la dueña del inmueble, porque tiene que ser todo el grupo familiar.

Esto es explicable porque una vivienda puede ser adquirida por cierto valor y vendida luego por el doble. En este sentido dijo que el proyecto de ley que fue aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional no se justifica porque ya hay suficiente normativa para que los adjudicatarios puedan disfrutar de techo propio, garantizado por veinte años. Recordó que también los terrenos dados en comodato tienen límite de tiempo.

 

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