#OPINIÓN Visión Ciudadana: La candidata y el Tribunal Supremo #21Dic

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Ya lo hemos planteado en anteriores oportunidades en este espacio: la candidata para las elecciones presidenciales del venidero año, María Corina Machado, ¡¡¡NO ESTÁ INHABILITADA POLÍTICAMENTE!!!  

Así como se aceptan como válidas las órdenes de detenciones ilegales de un Fiscal General incompetente y usurpador de las funciones judiciales, como lo explicamos la semana pasada, al igual que las detenciones de los órganos policiales, militares y judiciales con desaparición forzosa, grave delito que cotidianamente cometen esos órganos al no revelar el sitio de reclusión del detenido (caso de Roberto Abdul de Súmate), así mismo se le quiere dar un manto de legalidad a la supuesta inhabilitación de la candidata Machado, mediante una patraña sin ningún sustento legal que de tanto repetirlo, el comùn cree que efectivamente tal espuria inhabilitación tiene visos de realidad y efectos jurídicos. 

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Pedimos disculpas a nuestros lectores, pues si quieren seguir estas líneas van a tener que soportar el fastidio de leer la transcripción completa de los artículos que avalan el hecho de la falsedad de la inhabilitación de la candidata. No vamos a escribir sobre nuestra interpretación de tales normas, sino que ustedes serán los intérpretes de las mismas, de fácil lectura y comprensión, pues como es lógico están escritas en español. 

Comencemos con la Constitución y su artículo 65: “No podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo a la gravedad del delito”. Una sola pregunta: ¿Cuándo fue la candidata Machado condenada penalmente por la comisión de algún delito y haya cumplido alguna condena en algún centro penitenciario, vistiendo su overol anaranjado que seguramente lo hubiera llevado con suma elegancia?

Para completar lo anterior, copiamos parcialmente el artículo 13 del Código Penal, cuyo texto establece que “Son penas accesorias de la de presidio…2. La inhabilitación política mientras dure la pena”. Conclusión: la inhabilitación política es una pena accesoria, es decir que se impone además de la privación de libertad. Repetimos entonces: ¿Alguien habrá visto a la candidata vistiendo al que ella haría supremamente elegante overol anaranjado? 

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Pero eso no es todo, la actual supuesta inhabilitación es la resurrección de otra ilegal inhabilitación impuesta en el año 2015, que era sólo por doce meses, regeneración para la cual no fue notificada, ni se realizó el debido proceso para darle visos de legalidad y para ñapas ordenada por un subalterno de la Procuraduría General de la República que usurpó tales funciones. Aparte de los vicios que anulan esta demencial extensión hacia el futuro de los efectos de un proceso extinguido, solo nos bastaría copiar el texto del corto y contundente artículo 138 de la Constitución: “Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos”. Ese es el destino de la orden firmada por el segundón del Contralor General: su total nulidad

¿Cuál es el verdadero problema de quienes luego del proceso de primaria tenemos junto a la candidata para la Presidencia de la República, María Corina Machado, puesto que la contrariedad no es sòlo de ella, sino de los millones que esperamos un cambio en el destino del país? El gran obstáculo no es otorgarle habilitación política a la candidata, pues lo tiene ya que nunca fue legalmente inhabilitada, sino que así sea reconocido por el Consejo Nacional Electoral (CNE), manejado con total impudicia por el gobierno, institución que mandó de paseo irresponsablemente a la más importante característica de su mandato que es la independencia. 

Machado no tenía por qué ir al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a pedir su habilitación, pues la tiene. Una cosa es lo que se deduce de los textos legales arriba transcritos y otra la falaz declaración de los órganos públicos sumisos del oficialismo, que son todos. La artera impostura de esos alienados órganos es lo que la gente observa y percibe como la verdad, como lo legal. Pues bien, eso es falso así traten de imponer sus consecuencias por la fuerza, como es lo propio de un régimen arbitrario, de un mandato tiránico.      

Entonces la candidata no tenía por qué ir, pero, a última hora y dejando estupefactos a los integrantes de la Nomenclatura que en privado celebraban que no sería candidata por haber incumplido el acuerdo de Barbados, fue y dejó claro ante el TSJ sus razones legales, pidiendo además un amparo para que cesara el hostigamiento contra ella.

Todos pensamos que María Corina Machado no iba a concurrir al TSJ, pues ello era reconocer su inhabilitación, sin embargo, una cosa es lo jurídico de lo cual se deduce que Machado efectivamente no está inhabilitada y que no tenía por qué ir al TSJ, y otra que el CNE, ejerciendo su poder arbitrario que por su naturaleza no obedece a la ley, reconociera su derecho de inscribir su candidatura, por lo cual se le debía responder políticamente,  
Privó lo político y ello fue una hábil alternativa pues pone al TSJ ante una dilemática situación en la cual pierde sea cual fuere su decisión.

Si la decisión se basa en la ilegal opción de que está inhabilitada, toda la opinión nacional e internacional la criticarán, pues se basará en falaces argumentos al cual se le ven las costuras desde lejos, quedando incluso los Magistrados que así actúen, incursos en la perpetración del crimen de lesa humanidad, al violentar derechos políticos de manera reiterada en contra de la población civil, pues en última instancia es la víctima de tal decisión. Si por el contrario deciden con base en razones jurídicas valederas y “anulan” la orden de inhabilitación inexistente, abren el camino franco para la derrota de Maduro en las elecciones del año próximo.

Por eso creemos que en contradicción de lo que indica el juicio jurídico del asunto, es una hábil decisión que atrapa al TSJ en ese dilema de decisiones perdidosas. 

Felices fiestas decembrinas, en lo que se pueda. Nos encontraremos de nuevo en enero del 2024.

Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez

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