#opinión: Siguen reclamando sus derechos los docentes estadales. por: José Gregorio Colina

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Nuevamente los educadores estadales siguen levantando su voz de protesta en reclamo de sus derechos laborales que están siendo violentados por la gobernación del Estado Lara, iniciando el año escolar 2012-2013 con concentración, motivado a las deudas que se han venido acumulando por indiferencia gubernamental y es factor importante para que la coalición sindical junto a la base magisterial reclamen lo correspondiente a los profesionales de la docencia que tienen ganado desde hace tiempo por norma constitucional.
Ante la situación presentada, Hilda Peña como representante sindical, indicó “que las becas de los hijos de los educadores es un derecho ganado a través de las luchas sindicales y está establecida en la Cláusula Nº 28 de la V Convención Colectiva de los trabajadores de la Educación y que la representación patronal se negaba a cancelar”. Por ello. Hizo el llamado a los educadores a pasar por los sindicatos en donde estén afiliados a consignar los documentos
Ante dicha situación, los docentes de la base siendo afectados por el incumplimiento de lo establecido en la contratación colectiva que está amparada en la Ley Orgánica del Trabajo de trabajadores y trabadoras del 7 de Mayo del 2012 en la Gaceta Oficial 6076 en su artículo 432 que señala “que las estipulaciones colectivas de trabajo se convierten en clausulas obligatorias y en parte integrante de los contratos individuales celebrados o que se celebren durante su vigencia”, exigen al patrono la cancelación de las deudas que desde hace tiempo tiene con el magisterio y que por derecho le corresponden a los docentes.
Por otra parte, se exige a la gobernación del estado en la mesa de negociación, la cancelación de la cesta de alimentación a los docentes que están de reposo como lo refiere el Decreto Nº 8.166 del 25 de Abril de 2011 Gaceta Oficial Nº 39.660 con Rango, Valor y Fuerza de Ley establece en su artículo Nº 6 establece “En caso que la jornada de trabajo no sea cumplida por el trabajador o trabajadora por causas imputables a la voluntad del patrono o patrona, o por situación de riesgo, emergencia, catástrofe o calamidad pública derivadas de los hechos de la naturaleza que afectan; directa o personalmente al trabajador o trabajadora, pero no al patrono o patrona, impidiéndole cumplir con la prestación del servicio, así como en los supuestos de vacaciones, incapacidad por enfermedad o accidentes que no exceda de doce (12) meses, DESCANSO PRE Y POSNATAL y permiso o licencia de paternidad, no serán motivos para la suspensión del otorgamiento del beneficio de alimentación”
Los docentes se niegan a entregar sus derechos, ya que estos son irrenunciables como lo refiere la Constitución Bolivariana en su artículo 86 numeral 2 y sigue luchando.
De igual manera, se le exigen a la gobernación del Estado Lara el cargo fijo a los educadores contratados por fundaescolar que en su mayoría tiene ya bastante tiempo de servicio; y ese cargo esta mas que ganado por la Ley Orgánica del Trabajo de Trabajadores y trabajadoras.

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