Sostienen juristas: Condena contra abogado Graterol viola normas internacionales de DDHH

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El Instituto de Derechos Humanos de la Asociación Internacional de Abogados (Ibahri) expresó su rechazo por la sentencia de la Corte de Apelaciones del estado Vargas que condenó al abogado de la jueza Afiuni, José Amalio Graterol, por «obstrucción a la justicia».

Recordó la organización que Graterol fue procesado por negarse a entrar a un juicio en representación de un cliente en ausencia de éste, cuando aún la ley penal no había sido modificada para legalizar esta práctica violatoria de los DDHH.

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«Queda muy claro que el Dr. Graterol ha actuado de esa manera exactamente para asegurarse de no violar la ley venezolana. Pero que entonces el Estado altere el Código Orgánico Procesal Penal para poder criminalizarlo es una desgracia.

Esta acción de las autoridades venezolanas va en contra de los estándares internacionales y, específicamente, contradice el Artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que Venezuela ha ratificado», manifestó un comunicado que circuló este lunes.

Graterol, quien es conocido por defender a la jueza María Lourdes Afiuni, fue detenido durante una audiencia el día 4 de junio de 2012, y once días más tarde, el 15 de junio, fue reformado el COPP por orden presidencial tres días antes de vencerse la Ley Habilitante.

El hecho que dio lugar al proceso contra el abogado se suscitó cuando su defendido se negó a asistir a la audiencia de juicio alegando parcialidad de parte de la juez Yalitza Domínguez. Sin embargo, la juez Domínguez decidió continuar el juicio en ausencia del acusado, acto que protestó Graterol, lo que fue interpretado como «obstrucción a la justicia».

Tras ser condenado por un tribunal de primera instancia, la semana pasada la Corte de Apelaciones compuesta por los magistrados Norma Sandoval, Roraima Medina y Erick Lauren, ratificó tal decisión.

Actualmente, Graterol se encuentra a la espera de que el tribunal de Ejecución que debía recibir su expediente decida si el jurista cumple la pena en libertad, para lo cual debería someterse a exámenes psicosociales, o si revoca la medida cautelar y ordena la reclusión en un centro penitenciario.

 

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